La jueza que investiga la causa de la DANA ha requerido a Maribel Vilaplana, la periodista que comió con el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, en el restaurante El Ventorro, el 29 de octubre de 2024, que aporte en su declaración del próximo lunes el ticket del aparcamiento y cualquier otro elemento que acredite el periodo en que estuvo con él el día de la catástrofe. La magistrada de Catarroja que instruye la causa, Núria Ruiz, ha decidido requerir esta prueba después de que la acusación particular que ejerce el abogado Joaquín Esteve, que representa a tres víctimas, la solicitara. En un auto dictado este viernes, la jueza afirma: “Hasta qué momento la testigo Sra. Vilaplana acompañó al presidente y, en consecuencia, hasta qué momento pudo estar presente durante las llamadas que se mantuvieron entre el presidente y la investigada Salomé Pradas, convierte en útil la prueba solicitada, la obtención del ticket de entrada y salida del parking”.
La periodista Maribel Vilaplana dijo que Carlos Mazón la acompañó hasta el parking donde tenía el coche después de su comida en El Ventorro el 29 de octubre de 2024, mientras se producía la gran riuà que inundó la Horta Sud y en la que perdieron la vida 229 personas. Esta versión fue confirmada por fuentes cercanas a Vilaplana y difiere de una declaración previa de Mazón, que aseguró haberse despedido en el restaurante para ir a pie al Palau. Vilaplana ha indicado que la comida terminó entre las 18.30 y las 18.45 horas, y el acompañamiento hasta el parking donde aparcó su vehículo, en la Glorieta de València, tuvo lugar sobre las 19.00 horas, un hecho que la jueza investiga para aclarar el tiempo que Mazón permaneció con la periodista, ya que el parking está a solo dos minutos de distancia.
Maribel Vilaplana debe comparecer el próximo lunes 3 de noviembre ante la jueza para una declaración testifical, y ahora tendrá que aportar este ticket de aparcamiento, "así como cualquier elemento que corrobore documentalmente el periodo en que la testigo permaneció junto al presidente de la Generalitat en esta fecha". La resolución de la magistrada, contra la que se puede interponer recurso, pide los tickets donde consta la entrada y la salida del aparcamiento, y "tiene que extenderse igualmente a cualquier otra prueba, justificantes de pago del parking, entre otros, que puedan documentar el momento inicial y especialmente el final en que los dos, la testigo y el presidente, permanecieron juntos durante la tarde del 29 de octubre de 2024".
En este sentido, la jueza recuerda el auto de la Audiencia Provincial en el que se ordenó citar a Vilaplana como testigo: en el análisis del proceso de toma de decisiones al Cecopi del día 29 de octubre y en el análisis específico del envío del alerta en la población, resulta pertinente el estudio de las llamadas que podrían haberse cruzado la exconsejera Salomé Pradas y el presidente, "y si de estas conversaciones pudo tener conocimiento la testigo". Así mismo, recuerda que en aquella resolución de la Audiencia se indicaba que Mazón "ostenta la condición de máxima autoridad de la Generalitat Valenciana" y que tiene atribuidas por ley "funciones directivas y de coordinación, de forma que puede impartir instrucciones a los miembros del Consell".
La petición del abogado Joaquín Esteve se produjo después de que la jueza acordara citar a Vilaplana el 3 de noviembre, en calidad de testigo, por su comida con Mazón el día de la DANA y después de saberse recientemente que el presidente acompañó a Vilaplana, después de la comida, hasta su aparcamiento, situado a la Glorieta de València. La acusación particular reclamó a la instructora que requiriera el ticket del aparcamiento bien a Vilaplana o a la empresa del aparcamiento, en el supuesto de que la periodista no lo conservara, para determinar la hora de entrada y salida del vehículo que había aparcado antes de la comida en El Ventorro. Sobre esta solicitud de prueba subsidiaria, relativa al oficio a la mercantil Interparking Hispania, S. A., la jueza ha acordado que se proveerá una vez que se haya recibido la declaración de la testigo.
