Libertad de expresión limitada. La Audiencia Nacional ha condenado a pagar una multa de 720 euros por un delito contra la corona a un vecino de Montbrió del Camp (Baix Camp), juzgado la semana pasada por publicar un mensaje en Twitter, el 2020, en qué insultaba y invitaba a cortar el cuello al rey Felipe VI, según ha avanzado la ACN. El juez impone el castigo solicitado por la fiscalía, y considera probado que a las 21.05 horas del 18 de marzo de 2020, coincidiendo con el discurso que dio el Rey por televisión por la pandemia de la covid-19, Albert Baiges, que entonces tenía 35 años, publicó en abierto un mensaje a su perfil de Twiter en que decía: "En serio. Cortémosle el cuello a este hijo de puta, estamos tardando. #coronaciao". La sentencia no es firme y se puede recurrir ante la sala de lo penal de la Audiencia Nacional. El magistrado José Manuel Fernández Prieto deja constancia en su resolución de otros comentarios realizados por el acusado contra la corona, pero considera que solamente la reseñada anteriormente "es claramente injuriosa el  llamar a otra persona hijo de puta". En el juicio, Baiges declaró que hizo aquellos tuits para "denunciar a una institución retrógrada como la corona".

"Esta expresión injuriosa --señala en la resolución-- cuándo está dirigida de forma clara y expresa contra el rey, cuándo no se encuentra en el ejercicio de sus funciones y es propagada por escrito y con publicidad a un número indeterminado de personas son constitutivas de delito. Para el magistrado no tiene justificación, "ni en la crítica ni en la libertad de expresión, ya que para mostrar una convicción antimonárquica no hace falta llegar al insulto, ni acompañarlo con una invitación pública a cortar el cuello, expresión esta última que refleja el claro ánimo de injuriar que guiaba al sujeto al nombrar hijo de puta el monarca".

 

Resolución

En la sentencia, el magistrado recuerda la reiterada doctrina del Tribunal Supremo en que el ejercicio de la libertad de expresión (también el derecho a la información) no puede justificar sin más el uso de expresiones o apelativos insultantes, injuriosos o vejatorios que exceden el derecho de crítica y son claramente atentatorios para la honorabilidad de aquel comportamiento o manifestaciones del cual se critican, incluso si se trata de personas con relevancia pública, ya que la Constitución no reconoce el derecho al insulto. Añade que el resto de frases publicadas por el acusado en Twitter podrán ser de mejor o peor gusto, pero no contienen ninguna frase susceptible de ser calificada de injuriosa contra el rey, del cual el Gobierno del PSOE ahora quiere mantener su prerrogativa de inviolable.

El atestado policial, recogido por la Fiscalía, recuperó otros mensajes suyos, donde le decía "chusma" al jefe del Estado o "pus" a la princesa Leonor. También para escribir "Fuck Spain" o para retuitear un tuit que recordaba a José Miguel Beñaran Ordeñana, Argala, miembro de ETA que atentó contra Carrero Blanco, en los 41 años de su asesinato en manos del Batallón Vasco Español. 

Un día antes de ser juzgado, Baiges participó con la diputada Eulàlia Reguant, que también afrontaba juicio en el Supremo, que al final fue suspendido, en un acto público en el barrio madrileño de Lavapiés. Pero también había otros encausados por plantar cara a la extrema derecha.