La Fiscalía del Tribunal Supremo ha emitido un informe delante de el magistrado instructor del juicio en el procés, Pablo Llarena, en que advierte que el president Carles Puigdemont y el conseller Toni Comín no están protegidos por la inmunidad parlamentaria.

El ministerio público rechaza los recursos de reforma que los dos políticos presentaron solicitante al magistrado que reconsiderara levantar su orden de detención después de resultar escogidos diputados electos del Parlamento Europeo. El objetivo era poder viajar a Madrid para realizar los trámites necesarios delante de la JEC que les permitan tomar posesión de sus escaños en el Estrasburgo el próximo 2 de julio.

El escrito de once páginas que firman los fiscales Javier Zaragoza y Fidel Cadena, remarca que el reglamento del Parlamento Europeo "es un acto de organización interna que no puede establecer a favor del Parlamento competencias que no estén expresamente reconocidas por un acto normativo". En este sentido advierte que "para verificar las credenciales de sus miembros tomará nota de los resultados oficialmente proclamados por los estados miembros y decidirá sobre las controversias que puedan suscitarse en relación con las disposiciones del acta".

El ministerio fiscal asegura que la Eurocámara "no puede poner en cuestión la propia regularidad de la proclamación efectuada por la Junta Electoral" de cada país y señala que "al no existir una normativa comunitaria en esta materia, corresponde al ordenamiento jurídico interno de cada Estado Miembro nombrar los órganos jurisdiccionales competentes y configurar la regulación procesal de los recursos judiciales destinados a garantizar la salvaguardia de los derechos que los justiciables obtienen del derecho comunitario".

Al mismo tiempo considera errónea "cualquier interpretación que estableciera en favor del Parlamento una competencia general de control de la proclamación oficial efectuada por las autoridades de los Estados miembros". El texto explica que la condición de ser miembro del Parlamento Europeo se adquiere mediante el cumplimiento del trámite consistente en el acto de juramento o promesa del acatamiento de la Constitución delante de la JEC, la cual, recuerda se llevó a término el pasado 17 de junio.

El informe también recuerda que el TC también se ha manifestado en este sentido indicando que no realizar el trámite interno descrito, implica que "en ningún caso se podrá iniciar la segunda fase de los trámites necesarios para adquirir la condición de miembro del Parlamento Europeo" ni asumir los consecuentes "privilegios e inmunidades" que supone.

Asimismo afirma que el extenció de la garantía de la inmunidad al momento de su proclamación como a electos, es una "pretensión erróneamente sustentada por el recurrente". Alerta que la normativa relativa a privilegios e inmunidades del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en ningún caso "hace referencia a la situación de los parlamentarios electos".

En esta misma línea, la Fiscalía menciona que recientemente los servicios jurídicos del Parlamento Europeo han emitido otro informe que indica que la protección prevista "sólo tiene efecto a partir del 2 de julio de 2019", momento en el cual se constituirá la cámara.