Una vez más la fiscalía se ha opuesto a que los presos políticos puedan obtener permisos penitenciarios para trabajar o cuidar de familiares. Así el ministerio público ha presentado ante el juzgado de vigilancia penitenciaria un escrito en el que se opone al permiso otorgado a Dolors Bassa para cuidar de su madre. El fiscal sostiene que Bassa tiene suficientes recursos económicos para contratar a una persona que cuide de su madre, cosa, añade, que no puede hacer la mayoría de la población reclusa.

Igualmente, el ministerio público vuelve a criticar la administración penitenciaria del Govern, a la que acusa de querer dejar sin efecto la sentencia del Tribunal Supremo.

Dolors Bassa salió por primera vez de la prisión de Puig de les Basses en aplicación del artículo 100.2 el 17 de febrero pasado. La junta de tratamiento del centro penitenciario la autorizó a dejar la prisión tres días a la semana durante ocho horas al día para cuidar de un familiar de edad avanzada, su madre.

En su escrito la fiscalía argumenta: "No debemos olvidar que la interna tiene la suficiente capacidad económica para permitirse asumir el coste de contratar a una persona para que pueda asistir a su madre, lo que no puede predicarse de la gran mayoría de la población reclusa, pero es más, el tener padres mayores susceptibles de requerir cuidados y atención no es exclusivo de la interna, sino de un gran número de internos, y no por ello gozan de la aplicación del artículo 100.2".

El ministerio público, además, afirma que el cuidado de la madre no tiene ninguna relación con los delitos cometidos y, por lo tanto, "no se puede considerar parte del tratamiento penitenciario". "Ninguna relación guarda el área familiar con la tipología delictiva por la cual la interna cumple condena", apunta la fiscalía, que remarca que Bassa no cometió los delitos "a causa de unas relaciones familiares desestructuradas", sino en su calidad de consellera.

Dejar sin contenido la sentencia

El ministerio público critica que las juntas de tratamiento de las prisiones de Lledoners, Puig de les Basses y Mas d'Enric hayan aplicado el 100.2 a siete de los nueve presos condenados en el juicio al procés, al considerar que tienen "la pertinaz voluntad de ir dejando despacio, pero sin pausa, sin contenido la sentencia de 14 de octubre de 2019", además de reiterar que hay una voluntad de otorgar de forma generalizada un régimen de semilibertad.

Como ya hizo con los anteriores recursos a los permisos de Cuixart o Sànchez, reprocha a las autoridades penitenciarias que con estos permisos no buscan otra cosa que vaciar de contenido la sentencia del juicio al procés y aplicar un "segundo grado y medio".