Persecución sin fin al rapero mallorquín. Ahora, y tal como lo anunció a finales de diciembre, la Fiscalía belga insiste en pedir la extradición del rapero Josep Miquel Arenas, alias Valtònyc, por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona. El ministerio público de Bélgica ya ha presentado las alegaciones de su último recurso al Tribunal de Casación contra la denegación de la euroorden en segunda instancia. En concreto, la Fiscalía belga dice que el Tribunal de Apelación de Gante no justificó lo suficiente que los delitos de enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona "no sean punibles según la ley belga". Ahora es el turno de la defensa de Valtònyc para rebatir estos argumentos por escrito y el próximo martes se celebrará la vista en el Tribunal de Casación de Bruselas.

Desde el ministerio público esperan que el alto tribunal se pronuncie el mismo día. Si el Tribunal de Casación rechaza el recurso de la Fiscalía, la euroorden contra Valtònyc quedará definitivamente rechazada. En cambio, si lo acepta, el caso volverá a manos del Tribunal de Apelación de Gante, que tendrá que revisar la sentencia. Es decir, una decisión desfavorable para Valtònyc en el Tribunal de Casación no significaría su extradición inmediata, sino que se tendría que repetir el juicio.

Conducta "no punible"

La justicia española reclama a Valtònyc por una condena de 3 años y medio de prisión por delitos de enaltecimiento del terrorismo, injurias a la Corona y amenazas por las letras de sus canciones. El pasado 28 de diciembre el Tribunal de Apelación de Gante rechazó la extradición a España al considerar que ninguno de los tres delitos es punible en Bélgica.

En el caso de enaltecimiento del terrorismo, la sentencia recuerda que no existe en la legislación belga. De hecho, el tribunal de Apelación de Gante preguntó al Tribunal de Justicia de la UE si podía aceptar la extradición rápida por este delito, tal como pedían las autoridades españolas. Luxemburgo dijo que no. Por eso, en este punto la sentencia se limita a recordar que esta conducta "no es punible" en Bélgica.

Injurias a la Corona

Con relación al delito de injurias en la Corona, la sentencia señala que en el país sí que existía la ley de insultos al rey, que fechaba de 1847 e imponía penas de hasta 3 años de prisión. El mismo tribunal, sin embargo, tuvo dudas sobre cómo lo tenía que aplicar y preguntó al Tribunal Constitucional sobre si era legal. El TC belga dictaminó que era inconstitucional, porque no respeta la libertad de expresión y contraviene el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

"La difamación y los insultos en la Corona no están castigados por ninguna otra disposición que esta ley en el derecho interno belga", subraya la sentencia a la hora de descartar la extradición por este delito. Y añade: "Los derechos fundamentales de la persona interesada (incluido su derecho a la libertad de expresión) serían vulnerados si fuera entregado sobre la base de la disposición legal mencionada".

Recurso "infundado"

Por último, el tribunal de Gante sostiene que las amenazas "verbales" de Valtònyc no imponían ninguna "condición" y, por lo tanto, tampoco son punibles por la legislación belga. "En consecuencia, este tribunal, rechaza la ejecución de los mandatos", concluye, con lo cual confirma la sentencia de primera instancia de la justicia belga y declara "infundado" el recurso de la Fiscalía.