El segundo caso de desobediencia de Quim Torra para poner otra pancarta al balcón de la Generalitat se juzgará en unos juzgados de Barcelona. El caso salta del TSJC, que se ha inhibido, en los juzgados ordinarios porque el ex presidente ya no es aforado.

De hecho, las dos causas son similares, ya que en las dos ocasiones Torra se negó a retirar pancartas a favor de los políticos presos del balcón de la Generalitat. En septiembre del 2019 Torra no hizo caso a la orden directa del TSJC, que le dio 48 horas para retirar la simbología, cosa que se acabó haciendo después de que los Mossos recibieran una orden judicial para hacerlo.

La segunda pancarta

Una vez celebradas las elecciones europeas y municipales el 26 de mayo del 2019, Torra volvió a colgar en el balcón del Palau de la Generalitat una pancarta a favor de los políticos tomados y exiliados y un gran lazo amarillo. El 5 de junio, Impulso Ciudadano le requirió que retirara la simbología, pero Torra no hizo caso. La entidad unionista llevó el caso al TSJC el 1 de julio. El 19 de septiembre, el alto tribunal ordenó cautelarmente al presidente de la Generalitat que retirara la pancarta en 48 horas, descartando así los argumentos de la Generalitat.

Al día siguiente, Presidencia de la Generalitat hizo una nota de prensa donde decía que no retiraría la pancarta. La orden de retirada fue notificada personalmente a Torra el 23 de septiembre, y le daba 48 horas para cumplirla. El 25 de septiembre la Generalitat presentó recurso de reposición y al día siguiente la sala comunicó a los servicios jurídicos de la Generalitat que la medida cautelar no se suspendía, más teniendo en cuenta la convocatoria de elecciones generales. El viernes 27 de septiembre al mediodía una letrada de la administración de justicia constató que la pancarta y el lazo amarillo seguían en el balcón del Palau de la Generalitat.

 

 



Por eso, la sala ordenó inmediatamente al comisario jefe de los Mossos d'Esquadra que mandara la retirada de las pancartas y símbolos. A primera hora de la tarde de aquel viernes, dos trabajadores de la Generalitat van retirado la pancarta a favor de los independentistas presos que colgaba de la fachada del Palau de la Generalitat. Horas después, el cantautor y exdiputado Lluís Llach, la actriz Sílvia Bel, el periodista y exdiputado Antoni Baños y la portavoz de Somescola, Teresa Casals, van colgado una nueva pancarta en la fachada del Palau de la Generalitat con el lema 'Libertad de opinión y de expresión. Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos'. La nueva pancarta ya sustituyó la que hacía referencia a los presos la primavera anterior, cuando la Junta Electoral reclamó retirarla. La novedad fue que colocaron una pequeña pancarta adicional en una de las ventanas de la fachada con una imagen que reclama libertad de expresión.

El 4 de noviembre siguiente, y a instancias de Impulso Ciudadano, la sala contenciosa-administrativa del TSJC envió a la sala de lo civil y penal del alto tribunal catalán, un escrito al considerar que Torra incumplió claramente la medida cautelar dictada el 19 de septiembre.

En febrero, el TSJC abrió una causa penal contra Torra por desobediencia. La defensa de Torra presentó un recurso de súplica contra la admisión a trámite de esta causa, pero el tribunal lo rechazó. Previamente, ya había desestimado las recusaciones de los magistrados planteadas por la misma defensa.

El TSJC argumentaba, por una parte, que las razones que plantea la defensa del presidente relacionadas con la libertad de expresión ya fueron dirimidas por la sala contenciosa-administrativa en una primera parte del procedimiento. Con respecto a la invocación que hacía el recurso de una sentencia del TJUE, el TSJC remarca que esta hace referencia a cuestiones de derecho europeo y no de derecho interno.

La recusación de los magistrados

Sobre la recusación de tres magistrados, Torra alegaba que estos ya participaron en la causa anterior por unos hechos casi idénticos y por los cuales el tribunal lo condenó. Tanto la fiscalía como los propios afectados se opusieron a las causas de recusación alegadas por la defensa de Torra y el TSJC les dio la razón. Según el tribunal, los tres magistrados recusados no tienen ninguna falta de imparcialidad por haber participado en la anterior causa, ya que, aunque son similares, no es la misma ni tienen conocimiento previo del actual. Además, la anterior causa era para retirar lazos amarillos y esteladas de los edificios de la Generalitat, orden dada por la Junta Electoral Central en marzo, y el actual es para desobedecer la orden directa del mismo TSJC para descolgar una pancarta a favor de los políticos presos el pasado mes de septiembre. Tampoco es causa de recusación las declaraciones públicas del presidente del tribunal, Jesús María Barrientos, en contra del procés|proceso independentista, dice el TSJC.

Los tres incidentes de recusación eran contra los magistrados Jesús María Barrientos, Mercedes Armas y Carlos Ramos. Ramos, de hecho, ha sido designado instructor de la nueva causa y los tres han sido los encargados de admitirla a trámite proveniente de la sala contenciosa-administrativa.