La magistrada del juzgado de vigilancia penitenciaria 5 de Catalunya ha autorizado que de manera inmediata el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, pueda disfrutar de los dos permisos de 6 días que le concedió la Junta de Tratamiento en sesiones de 14 de mayo y 9 de julio, respectivamente.

 

 

El mismo juzgado suspendió la semana pasada el tercer grado a Jordi Cuixart, lo cual le permitía salir de prisión entre semana y pasar el fin de semana en casa.

Piden el levantamiento del tercer grado

Con todo, la defensa de Cuixart pide que se levante la suspensión cautelar del tercer grado penitenciario porque "no ha dicho nada que no hubiera dicho durante el último turno de palabra del juicio o en el libro Ho tornarem a fer" y añade que el presidente de Òmnium "seguirá ejerciendo el derecho de manifestación, el derecho de reunión y la movilización de la ciudadanía, derechos fundamentales que están recogidos a la Constitución Española y en los Tratados Internacionales". En el escrito de alegaciones la defensa advierte de que "si lo que se pretende es enmudecer al interno bajo la amenaza de no acceder a ninguna posibilidad de salida de la prisión, esta pretensión, que atenta contra los derechos fundamentales del interno, no tiene ninguna posibilidad de prosperar".

El escrito de alegaciones asegura que el ministerio fiscal está "reinterpretando" la normativa penitenciaria que hasta ahora "se estaba aplicando pacíficamente sin discusión" a Cuixart y al resto de presos políticos condenados. Lamenta que la fiscalía "olvida" que Cuixart lleva cumplidos 2 años y 9 meses de prisión efectiva porque el 14 de octubre, cuando se dictó la sentencia, ya llevaba dos años. Por eso añade que el tiempo en la prisión ya "satisface las finalidades de prevención general y especial de la pena".

Argumenta que Cuixat ha hecho 14 salidas sin que se haya producido ninguna incidencia y lamenta que la fiscalía "pone el acento no en lo que hace el interno sino en lo que dice" en referencia a la visita a la entidad Òmnium que preside y a las entrevistas en la radio y TV3. El escrito indica "la tergiversación de las palabras del interno que hace el ministerio público sólo obedece a un intento de limitar el itinerario penitenciario limitando al mismo tiempo su derecho a la libertad de expresión".

Critica que la fiscalía despoje la pena de sus finalidades de reeducación y reinserción argumentando que es "la primera vez en la historia de la democracia española" que se cometa este delito y su "extrema gravedad". La defensa de Cuixart recuerda otros casos relacionados con el delito de sedición donde no se entendió que la gravedad tuviera que incidir en el itinerario penitenciario de los condenados. Apunta que la aspiración a la independencia de una parte del territorio "es legítima en nuestra democracia".

Finalmente, la defensa indica que el ministerio fiscal se mueve por la "exacerbación" al reducir el cumplimiento de la pena a un "castigo ejemplarizante que impide cualquier evolución en el itinerario penitenciario no por la concreta acción típica que diera lugar a la condena, sino por haber querido romper la unidad territorial de España". Lamenta que la fiscalía quiera "cambiar" la ideología de Cuixart a través del tratamiento penitenciario.