La Conselleria de Polítiques Digitals i Administració Pública de la Generalitat ha aprobado este miércoles una Instrucción sobre medidas preventivas, de protección y organizativas para el personal de la Administración de la Generalitat, entre las cuales habilita el teletrabajo para los funcionarios que estén confinados por el coronavirus.

En un comunicado, la Conselleria ha explicado que también se podrán acoger al teletrabajo o a medidas de flexibilidad horaria de manera voluntaria los trabajadores de centros educativos o de atención de personas a cargo que hayan tenido que cerrar.

La instrucción establece que cada departamento de la Generalitat tiene que aprobar de manera obligatoria planes de contingencia para identificar los servicios y las dotaciones de personal esenciales y necesarias para garantizar la presetación del servicio público.

Así, para este personal, se habilitarán medidas de reorganización interna en régimen de turnos, horarios especiales o teletrabajo.

Además, podrá acogerse al teletrabajo el personal afectado por la suspensión de actividades del centro de trabajo donde se prestan sus servicios, y se habilitarán mecanismos de readaptación funcional para el personal afectado, ya sea de manera presencial o en la modalidad de teletrabajo.

Medidas preventivas y organizativas

El plan de la Conselleria contempla medidas preventivas y organizativas, como suspender los cursos, jornadas, congresos, seminarios y otras actividades de formación de carácter presencial, así como otros actos y presentaciones organizados por los departamentos de la Generalitat.

Asimismo, se pospone la celebración de las pruebas selectivas de acceso al empleo público, aunque se podrá mantener la celebración de pruebas selectivas que tengan una participación prevista inferior a las 100 personas aplicando medidas preventivas como garantizar una distancia no inferior a un metro entre los aspirantes.

También se evitarán las reuniones de trabajo presenciales, especialmente las que impliquen movilidad de trabajadores, y se pospondrán los viajes de trabajo, excepto los que sean "estrictamente indispensables para garantizar la correcta prestación de los servicios públicos".

Todas estas medidas se aplican al personal de Administración y Técnico, y al personal laboral que presta servicios en la Administración de la Generalitat y sus organismos autónomos, y tienen una "vigencia indefinida hasta su derogación, revisión o modificación en función de la evolución de la situación epidemológica."