El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales una quincena de artículos e incisos de Ley de Cambio Climático de la Generalitat, a la cual el Gobierno de Mariano Rajoy interpuso un recurso en noviembre del 2017. El tribunal de garantías avala algunos de los artículos que impugnaba el gobierno, entre lo que destaca la creación del impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica.

En cambio, declara anticonstitucional (por invasión de competencias) el artículo 19.4 de la misma ley que estable que el Gobierno no tiene que conceder permisos de explotación para la obtención de gas y petróleo abriendo pozos subterráneos (fracking).

Poco después de la entrada en vigor del 155, el Gobierno anunció que llevaba ante el Tribunal Constitucional la Ley de Cambio Climático de la Generalitat, que había entrado en vigor en agosto. El ejecutivo de Rajoy argumentaba al recurso que era una cuestión "estrictamente competencial" por entender que la Generalitat invadía competencias estatales con la ley, por ejemplo proponiendo la creación de nuevos impuestos. Uno de ellos, era para grabar los grandes barcos y las actividades económicas que contaminan y consolidar la tasa en vehículos contaminantes.

La ley catalana regula las medidas encaminadas a la mitigación y la adaptación del cambio climático, la definición del modelo de gobernanza de la administración pública en relación al cambio climático y el establecimiento de impuestos como instrumentos para actuar contra el cambio climático. El Gobierno impugnó varios artículos e incisos de la ley. Concretamente, los artículos 2.2.e), 4.e), 5, 6, 7, 8, 11, 16.3, 19, 21.4, 24.3, 24.4, 39.3, 40 en 50, 51, 52; las disposiciones adicionales primera, segunda, tercera y séptima; la disposición transitoria tercera; y las disposiciones finales quinta y sexta.