La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha acordado plantear una cuestión prejudicial en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en lo referente a unas sentencias del Tribunal Constitucional (TC). Estas sentencias estimaron parcialmente los recursos de protección de derechos (recursos de amparo) presentados por una decena de ex altos cargos de la Junta de Andalucía condenados por el caso ERE, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán.
En un auto del 14 de julio, notificado este martes, los magistrados deciden suspender la tramitación del caso con respecto a la ejecución de los mandatos del TC mientras esperan la respuesta del TJUE. Consideran que es imprescindible esta consulta para aclarar si las sentencias del TC se ajustan al derecho europeo y a la jurisprudencia del TJUE, y para evitar que estas provoquen un riesgo sistemático de impunidad en casos similares, protegiendo así los intereses financieros de la UE.
Lo que diga el TJUE será decisivo
Los magistrados explican que, dependiendo de la respuesta del TJUE, tendrán que dictar sentencias que sigan lo que indique el TC o bien aplicar el Derecho de la Unión Europea si detectan que las sentencias del TC no se ajustan. Eso es necesario para garantizar la plena efectividad del derecho europeo, dejando de lado las sentencias del TC cuando estas contradigan la normativa europea. El tribunal recuerda que el TC anuló parcialmente sentencias de la Audiencia Provincial y del Tribunal Supremo y ordenó volver a empezar los juicios desde antes de la sentencia inicial, con el fin de respetar el derecho fundamental a la legalidad penal. Sin embargo, la Audiencia Provincial considera que estas sentencias del TC podrían contradecir el Derecho de la UE y poner en riesgo su aplicación uniforme, especialmente en la protección de los intereses financieros europeos.
Riesgos de impunidad y conflictos con el derecho europeo
Los magistrados señalan que el TC interpretó de manera muy restrictiva los delitos de prevaricación y malversación, vinculándolos de manera genérica a exenciones en el ámbito legislativo presupuestario. Esta interpretación podría dejar impunes conductas ilícitas relacionadas con la preparación y aprobación de los presupuestos, que provocaron un fraude de 680 millones de euros durante diez años. La Audiencia apunta que la decisión del TC impide perseguir penalmente estas conductas fraudulentas y deja sin control toda la actividad presupuestaria desde su elaboración hasta su ejecución, lo que supone un riesgo para el patrimonio público y para la confianza ciudadana en la gestión pública.
Además, según el tribunal, las sentencias del TC aplican un nivel de protección nacional de los derechos fundamentales que está por encima de lo que exige la normativa europea, lo que puede propiciar impunidad en la lucha contra la corrupción, el fraude y las actividades ilegales que afectan a los intereses financieros de la UE.
La Audiencia Provincial considera que el TC ha superado su función al cuestionar interpretaciones penales que corresponderían al Tribunal Supremo, y que eso puede causar un daño institucional grave, al modificar la interpretación de la ley y anular sentencias firmes. Los magistrados también recuerdan que los miembros del gobierno autonómico no disfrutan de inmunidad por actos delictivos en la elaboración y aprobación de los presupuestos, y que mantener esta irresponsabilidad supondría un incumplimiento grave de los compromisos del Estado español con la Unión Europea para luchar contra el fraude y la corrupción.
Las cuatro preguntas de la Audiencia
Por todo eso, la Sección Primera de la Audiencia Provincial ha preguntado al TJUE si las sentencias del TC vulneran el Derecho de la Unión en el momento que modifican interpretaciones penales hechas por los tribunales ordinarios y si es compatible con el Derecho de la UE dejar fuera de control toda la actividad presupuestaria desde su elaboración hasta la ejecución, generando un riesgo para el patrimonio público y la transparencia. También ha pedido si es contrario al Derecho de la UE y a los compromisos internacionales mantener una interpretación que impida perseguir la corrupción, el fraude y la malversación en los presupuestos y, finalmente, si un tribunal nacional puede no aplicar las sentencias del TC "cuando estas contradigan el derecho europeo y permitan considerar lícitas conductas que, según la normativa de la UE, serían delictivas".