Sorpresa. Los exconsellers de Salut Alba Vergés (ERC) y Josep Maria Argimon (Junts) no podrán ser condenados a prisión, acusados de haber retrasado la vacunación de la covid-19 a agentes de la policía española y de la Guardia Civil en 2021. Al iniciarse el juicio, este martes, el presidente de la sección 6.ª de la Audiencia de Barcelona, el magistrado José Manuel del Amo, después de una deliberación del tribunal, ha retirado el delito contra los derechos de los trabajadores, por el que los sindicatos policiales, como acusación popular, les pedían tres años de prisión. ¿El motivo? La aplicación de la doctrina Botín para excluir este delito, que implica que no se puede juzgar a una persona solo por una acusación popular si la Fiscalía no acusa y si no es un caso que afecte a la mayoría (en este caso son agentes concretos), como fija la doctrina Atutxa.
En el caso de las vacunas, la Fiscalía solo acusa a la excúpula de Salut del delito de prevaricación administrativa, que implica penas de inhabilitación a cargo público, no de prisión. La aplicación de la doctrina Botín para excluir la acusación popular de los sindicatos policiales ha sido planteada por la penalista Míriam Company, defensora de Francesc Xavier Rodríguez, exdirector de Serveis del Departament de Salut, al cual se han adherido todos los abogados defensores. En este sentido, la abogada Olga Tubau, defensora de Argimon, ha insistido en que se aplicara la expulsión del delito contra los derechos de los trabajadores, que implica prisión.
Esta medida también beneficia al resto de los acusados: el exsecretario general del Departament de Salut, Marc Ramentol; el exdirector del Servei Català de la Salut, Adrià Comella, y el entonces director de Serveis del Departament de Salut, Francesc Xavier Rodríguez. El juicio continúa el miércoles contra los cinco solo por el delito de prevaricación. La Fiscalía pide para cada uno 12 años de inhabilitación.
La acusación popular, cuestionada
En el turno de cuestiones previas, la abogada Míriam Company, defensora de Rodríguez, ha sido la primera en plantear que los sindicatos policiales “no están legitimados” para acusar al excargo de Salut porque la Fiscalía archivó la acusación contra él. También ha denunciado la “confusión” que se ha producido porque a veces los sindicatos policiales eran considerados como acusación particular y en otros casos, popular.
El abogado del sindical JUPOL, de la policía española, ha asegurado que, junto con la JUCIL, de la Guardia Civil, iniciaron la causa contra la excúpula de Salut en el procedimiento contencioso y después en el penal, y siempre se los ha admitido como acusación popular. En esta causa también están la Unión de Oficiales de la Guardia Civil Profesional (UOGCP) y el Sindicato Profesional de Policía (SPP).
El abogado de Vergés, el penalista Mariano Bergés, ha compartido la petición hecha por la defensa de Rodríguez. También han apelado a la doctrina Botín los abogados Josep Riba, defensor de Comella, y Carles Martínez, de Ramentol. La penalista Olga Tubau es quien ha planteado la exclusión del delito contra los derechos de los trabajadores, que el tribunal ha aceptado.
Este miércoles continúa el juicio con la declaración de los primeros testigos.
