El juzgado de instrucción número 31 de Barcelona ha archivado provisionalmente la causa contra una joven por quemar una bandera española, una francesa y una europea el pasado 11 de septiembre. Los Mossos d'Esquadra la identificaron a ella y a dos menores más por estos hechos, que tuvieron lugar en la plaza Comercial de Barcelona. La magistrada argumenta que el comportamiento de quema de banderas "no se ha acreditado que se hiciera en circunstancias que pusieran en peligro la paz pública o el orden público o la seguridad de las personas". "No existen indicios suficientes para atribuir a los identificados una actitud coordinada con la finalidad de alterar la paz pública, ni existen indicios suficientes de delito ni la participación de la investigada", concluye.

 

La identificación se produjo en el marco de una manifestación que salió de la plaza Urquinaona. En el transcurso de la misma, un pequeño grupo vestido de oscuro y encapuchado hizo pintadas independentistas y quemó una bandera española y una francesa. Más tarde, dos chicos y una chica fueron identificados por quemar tres banderas en la plaza Comercial, dos de ellos menores de edad. La magistrada, sin embargo, constata que el atestado, las imágenes y el proceso de identificación no permiten vincular a la joven directamente con las pintadas y niega que la quema de banderas pusiera en peligro el orden público. Alerta Solidària, que denunció el comportamiento de los Mossos d'Esquadra en estos hechos, ha celebrado el fallo judicial y ha insistido en que la quema se ampara en la libertad de expresión.

Las explicaciones de Interior

La actuación de los Mossos d'Esquadra fue públicamente denunciada por Alerta Solidària y por las organizaciones de la Esquerra Independentista. El pasado diciembre, el conseller de Interior, Joan Ignasi Elena, en respuesta escrita a las preguntas presentadas por el grupo parlamentario de la CUP, reconoció el motivo de las identificaciones diciendo que "se identificaron cuatro personas: tres por la quema de banderas encima del escenario y una por ser una de las presuntas organizadoras de la manifestación no comunicada" y lo justificó indicando que los Mossos "como policía ordinaria e integral, ejerció las funciones que el ordenamiento jurídico atribuye a las fuerzas y los cuerpos de seguridad".

Tal como explica Alerta Solidària, el atestado de los Mossos llegó al Juzgado de Instrucción 31 de Barcelona que incoó diligencias previas por desórdenes públicos, requirió más información a los Mossos y citó a declarar una militante de Arran, el pasado 23 de enero. "Desde Alerta Solidària solicitamos el sobreseimiento del caso por la inexistencia de los desórdenes públicos, y porque la quema de banderas no es delito, como bien saben los Mossos d'Esquadra y el Conseller Elena. Es una acción que como crítica política se ampara en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión recogido en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, tal como recuerda la famosa Sentencia del Tribunal de Estrasburgo por el Caso Stern Taulats y Roura Capellera contra España," insiste la entidad.

Según la entidad, el sobreseimiento del caso "pone de relieve que los Mossos d'Esquadra actuaron con intencionalidad política, persiguiendo a unas personas a quienes atribuían un delito cuando en realidad sabían que se trataba de una acción legal y legítima".