Un cartero de Vic ha aceptado una pena de un año de prisión por tirar cientos de cartas, principalmente de propaganda electoral de Junts per Catalunya, a un contenedor de papel, durante la campaña electoral para las elecciones generales de noviembre de 2019. El hombre se enfrentaba a una pena de un año y medio de prisión en un juicio con jurado popular por un delito de infidelidad en la custodia de documentos que se debía celebrar esta semana en la Audiencia de Barcelona. Un pacto con la fiscalía ha rebajado la pena de prisión y la multa, lo que supone que el juicio no se celebrará. Con todo, se le ha mantenido la inhabilitación para empleo público durante tres años.
Según el escrito de conformidad pactado entre la fiscalía y la defensa, J.P.M., de 64 años, era empleado laboral fijo de Correos desde noviembre del 2006 y desde el 2007 repartía a pie por la capital de Osona en el turno de mañana. En noviembre del 2019 era el encargado de su zona de la correspondencia ordinaria y la propaganda electoral de las elecciones generales de aquel mes. No obstante, lanzó dos cartas de Movistar, una de Google, una de Naturgy y 201 de Junts per Catalunya en un contenedor de papel y cartón cercano al centro cívico Mossèn Josep Guiteras
Los vecinos encontraron la propaganda en el contenedor
Fueron unos vecinos de la capital de Osona quienes encontraron la correspondencia arrojada dentro del contenedor y quienes avisaron a Correos. Un funcionario de la compañía estatal se trasladó hasta el lugar y recuperó las cartas, que se entregaron a sus destinatarios al día siguiente. La distribución de la propaganda electoral está regulada por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que estipula que el envío postal de propaganda estará sujeto a unas tarifas especiales y que las formaciones políticas podrán recibir información del censo electoral para su distribución.
El delito de infidelidad en la custodia de documentos se aplica a los funcionarios públicos, en este caso un funcionario de Correos, que sustrajeran, destruyeran, inutilizaran u ocultaran documentos cuya custodia se les esté encomendada por razón de su cargo, según indica el artículo 413 del Código Penal. En el caso del cartero de Vic, la propaganda electoral, así como el resto de la correspondencia que debía distribuir aquel día de noviembre de 2019, eran documentos que debía custodiar hasta su entrega a los destinatarios. Por todo ello, el hombre ha sido condenado a un año de prisión por un delito de infidelidad en la custodia de documentos, más una multa de 1.050 euros y la inhabilitación para empleo o cargo público durante tres años.