La directora de Aministía Internacional en Europa, Gauri Van Gulik, ha considerado "excesiva y desproporcionada" la prolongación de la prisión provisional de Jordi Sànchez, que restringe "su derecho a la libertad de expresión y de reunión pacífica". Van Gulik ha opinado así sobre la negativa del magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, de dejar salir a Sànchez de la prisión por creer que mantiene el ideario que puede comportar reiteración delictiva. La líder de Amnistía Internacional ha lamentado que Llarena haya decidido "agravar" la "injusticia" del encarcelamiento y ha reclamado que el número dos de Junts per Catalunya sea puesto en libertad "inmediatamente". La entidad también ha opinado que la resolución de hoy de Llarena "no aporta elementos nuevos que justifiquen la prolongación de la prisión provisional". También ha afirmado que los cargos de sedición y rebelión que pesan contra Sànchez y contra el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, son "injustificados y, por lo tanto, tienen que retirarse".

En este sentido, Gauri Van Gulik ha subrayado que "aunque convocar protestas para obstruir operaciones policiales legítimas puede ser, si se demuestra su comisión, un delito sancionable contra el orden público, no constituye un delito grave como la sedición o la rebelión, castigados con penas de hasta 10 y 30 años" de prisión.

Por otra parte, aunque Amnistía Internacional no cuestiona la sentencia del 7 de septiembre del Tribunal Constitucional que suspendió, como medida cautelar, la ley del referéndum catalán, sí considera que como ciudadanos particulares y presidentes de organizaciones de la sociedad civil en el momento de los hechos que se están investigando, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart "tenían derecho a expresar opiniones contrarias a las decisiones del Tribunal, así como a organizar reuniones pacíficas en apoyo al referéndum y a la independencia de Catalunya".

Finalmente, la entidad recuerda que aunque el derecho internacional de los derechos humanos permite a los Estados imponer algunas restricciones en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión con determinadas finalidades legítimas, como proteger el orden público o la seguridad nacional, también "pide que las autoridades demuestren que estas restricciones son necesarias y proporcionadas al objetivo perseguido". Por eso opina que la presentación de cargos penales graves contra los que organizan este tipo de reuniones "es una medida excesiva y desproporcionada".