El magistrado de Barcelona Francisco Miralles, después de cinco años investigando las cargas policiales del referéndum del 1 de octubre en Barcelona, ha ordenado sentarse en el banquillo de los acusados a 45 policías españoles. Según el auto, Miralles cita a los agentes de policía por sus intervenciones violentas contra los votantes en las escuelas. Más de cinco años después del referéndum todavía no hay ningún policía condenado por lesionar a un votante, y, en cambio, sí que hay votantes condenados por agresiones a agentes. Por otra parte, Francisco Miralles ha decidido archivar el procedimiento contra veinte agentes más.

El artículo recuerda a los agentes la LO 2/1986 sobre cómo tienen que actuar los agentes de policía ante situaciones como la del referéndum del 1-O, y apunta que tienen que impedir cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria que comporte violencia física o moral", que están obligados a mantener "un trato correcto y esmerado con los ciudadanos", y les recuerda que "solo podrán utilizar las armas en las situaciones en que haya un riesgo racionalmente grave para su vida".

El día 1 de octubre los policías españoles actuaron en 27 colegios electorales, y de casi todos salieron denuncias presentadas por ciudadanos. El auto del juez analiza las denuncias colegio por colegio. Por ejemplo, en el caso del CEIP Prosperitat, situado en la calle del Molé 59 de Barcelona, el juez ha asegurado que, según las imágenes grabadas, "se aprecian déficits en la actuación con respeto a la normativa y protocolos expuestos anteriormente". Según Miralles, un agente de policía hace uso de la fuerza contra los votantes "sin advertencia previa y sin negociación". En algunos otros casos, el juez describe la actuación de los agentes como "claramente desproporcionada", como en el caso de l'IES Pau Claris. Miralles destaca hechos como "golpear la cara de personas congregadas o que las tiren escaleras abajo".

 

Descarta el delito de daños

En el largo auto, de 69 páginas, el juez desgrana uno a uno todos los centros donde hubo incidentes. En dos de estos centros no hubo incidentes. El magistrado también descarta seguir el procedimiento contra nadie por el delito de daños, a causa de los destrozos causados por la policía en las puertas de las escuelas para entrar e intervenir las urnas. Según el magistrado, la orden judicial permitía forzar las cerraduras y las puertas para poder entrar. Eso hace que la Generalitat quede apartada como acusación particular por estos daños, como ya pasó hace meses con el Ayuntamiento de Barcelona.

Finalmente, el juez tampoco deja como investigado ningún ciudadano por delito de atentado a la autoridad o desobediencia, y, por lo tanto, también aparta la acusación particular del Sindicato Profesional de Policía.

Para el juez instructor, de la investigación llevada a cabo, que se ha prolongado más de cinco años, se desprende que los policías imputados pudieron incurrir no solo en "delitos leves o menos graves de lesiones", sino también en los previstos en los artículos 174 y 175 del Código Penal: torturas y delitos contra la integridad moral. A partir de ahora, el juez Miralles ha dado cuarenta días a la fiscalía y a las acusaciones que representan a los heridos para que presenten los escritos de acusación en contra de los cuarenta y cinco agentes.