La Constitución impone para ser magistrado del Tribunal Constitucional cuatro requisitos: ser jurista (magistrado, fiscal, profesor de universidad, funcionario público o abogado), con más de 15 años de ejercicio profesional, de reconocida competencia y ser votado por tres quintas partes del Congreso o del Senado, cuando su nombramiento sea parlamentario.

Vista la parquedad del reglamento parlamentario, en 2000 se creó la comisión consultiva de nombramientos. Así se supervisan los requisitos para la prestación y se ofrece la oportunidad, ahora de media hora, para que el candidato exponga ante la comisión lo que estime adecuado o responda a las preguntas que consideren oportuno hacerle los diputados. Como es comprensible, media hora para valorar una carrera de más de 15 años de ejercicio profesional y las propuestas de actuación del candidato es abiertamente insuficiente. Algunos han tildado esta entrevista de mero formalismo; los más afilados, de paseo militar; y algún candidato ha manifestado no muy en privado: "A mi edad no me examina ni dios".

Copiado de la práctica constitucional norteamericana, es una mera copia de oídas, igual que lo es el debate sobre el estado de la nación. Han oído hablar de ello, y poco más. Repase el lector las audiencias, los hearings, del Senado de los Estados Unidos para ratificar, por ejemplo, a los magistrados del Tribunal Supremo: duran días, no son precisamente una sesión de baño y masaje y no son pocos los aspirantes que han sido rechazados. Con menor intensidad también se pueden seguir las de la Unión Europea. Nada que ver con la copia de pacotilla española.

En estas condiciones ―y teniendo presente que la propuesta de los cuatro candidatos a cubrir las plazas caducadas del TC es fruto de un peculiar consenso― es más que probable que sobre una parte del currículum del candidato Enrique Arnaldo se pase de puntillas.

Las audiencias tienen que servir, como sirven en democracias quizás no tan avanzadas, para averiguar la idoneidad de los aspirantes a sentarse en las tribunas más altas por sus responsabilidades de estado

Dos aspectos de su trayectoria profesional han sido recordados por los medios de comunicación estos días. Uno tiene que ver con la contratación por parte de administraciones dirigidas muy principalmente por el PP ―partido que ya lo propuso para el CGPJ― de los servicios de asesoramiento de su despacho. Parece que no había ni urgencia ―una defensa penal en un proceso en marcha, por ejemplo― y los concursos o no constan o podían ser los típicos que encubren una falsa competencia con concursantes de conveniencia, cuando no directamente amigos. Para rematarlo, cerca del millón de euros que importa esta fuente de ingresos parece que está integrada también en gran parte por contratos fragmentados. Si los servicios se prestaron realmente es una cuestión todavía ignota.

Eso se desprende del informe de Hacienda relativo al periodo entre 2003 y 2008, informe que figura en el sumario del caso Palma Arena, caso todavía no concluido, dado que tiene más de 30 piezas. Además, constan conversaciones entre el mismo Arnaldo y el entonces modelo de político, según Rajoy ―¿o MpuntoRajoy?―, Jaume Matas, pidiéndole que se acordara de él.

Más recientemente, en un caso todavía vivo procesalmente, el caso Lezo, salen unas conversaciones entre el expresidente de Madrid, Ignacio González, que va camino de seguir la vía Matas, asegurándole Arnaldo que había hecho gestiones con el ministro de Justicia para obtener una Fiscalía más favorable a sus intereses, cosa que no parece coronada por el éxito. La defenestración de la fiscal general de la época, Consuelo Madrigal, no ha significado que Ignacio González volviera a su zona de confort, es decir, a la impunidad, pues se sienta en el banquillo de los acusados.

Nadie ha desmentido, contradicho o matizado las informaciones anteriores extensamente difundidas estos días. Ni siquiera se ha aludido a la prescripción del primer paquete, el de los contratos de asesoramiento jurídico. Pero da igual.

Entre los requisitos que se tienen que reunir para convertirse en magistrado del TC hay uno que se da por supuesto y es propio de cualquier candidato a un nombramiento público. Me refiero a la idoneidad, a la idoneidad moral de los candidatos a ocupar un cargo oficial, en este caso, la más alta magistratura de control en un sistema democrático.

Ahora puede ser magistrado del TC un colaborador a sueldo de administraciones gobernadas por el PP, activo participante en la FAES y lobbista en favor de un imputado por corrupción, también miembro del PP, propuesto por el PP.

Si de algo tienen que servir los hearings no es para verificar si el candidato reúne los requisitos legales; eso lo hacen los servicios de soporte parlamentarios. Las audiencias tienen que servir, como sirven en democracias quizás no tan avanzadas, pero inequívocamente democracias sin adjetivos, para averiguar la idoneidad de los aspirantes a sentarse en las tribunas más altas por sus responsabilidades de estado.

Así pues, sí a la idoneidad y no a las comisiones de nombramientos de simple attrezzo para cumplir el expediente. Y cuando nos toque aquí, pues de cargos caducados vamos sobrados, habría que dar ejemplo. Se debería.