Cada día que pasa es un día más que España retrocede en el calendario del Estado de derecho. Si seguimos así, pronto estaremos en la época de Atapuerca.

Ya ha quedado acreditada: 1/ la vulneración de la legalidad en la aplicación del 155, empezando por la Constitución; 2/ que las acusaciones de rebeldía y sedición no se sostienen por ningún lado (si no, no habrían retirado la euroorden); 3/ que el president Puigdemont no ha huido, sino que ha optado por refugiarse en esta Europa democrática donde a la gente le aplican la ley, no lo que un sistema judicial del cual no te puedes defender interpreta que es la ley; 4/ la vulneración del derecho de un parlamento a debatir lo que considere conveniente y 5/ que aquellos que repetían con precisión matemática que "los días 6 y 7 de septiembre se vulneraron los derechos de los diputados..." no defendían realmente los derechos de los diputados. Si fuera así, ahora criticarían con la misma vehemencia que se vulneren los derechos de unos cuantos diputados electos al prohibirles asistir al pleno constitutivo del Parlament.

Y nos detenemos aquí, en el pleno del miércoles. Y recordamos aquello de "en ausencia de violencia se puede hablar de todo", una de las grandes estafas intelectuales de la España del siglo XX. Lo recordó José Antich aquí mismo el viernes. En 1987, Juan Karlos Ioldi, encarcelado preventivamente en una celda de aislamiento por pertenecer a ETA, pudo asistir a la sesión de investidura del Parlamento vasco. Lo más relevante es que hace 30 años, un juez consideró que "si la legislación permite que los ciudadanos en prisión preventiva, aunque estén acusados de delitos castigados con penas severas, sean candidatos a parlamentarios o a presidentes de las comunidades autónomas y son elegidos democráticamente, oponer trabas al ejercicio de su derecho lesionaría, a la vez, el derecho político de sus electores". En aquel momento, el fiscal general del Estado recurrió la decisión, pero aquella justicia mantuvo su argumentación. Ahora, la justicia oficial española tendría que explicar un cambio de criterio que significa vulnerar los derechos de los electos, pero sobre todo los de los ciudadanos que los han votado.

Y ya, de paso, la justicia oficial española podría explicarnos dónde queda la separación de poderes cuando un juez se permite primero interpretar y después inventarse el reglamento de un parlamento. Y dónde está escrito que un juez, en nombre de su interpretación de la Constitución, pueda recortar los derechos de los ciudadanos, cosa que es absolutamente inconstitucional. Ya solo falta que el primer juez de la justicia oficial española que pase por la puerta del Parlament entre en el edificio, suba por la escalera, se proclame presidente de la Cámara y empiece a dar órdenes.

Pero, una vez más, ¿sabe lo peor? Que esto está sucediendo y no pasa nada. Bien, sí, pasa una cosa muy grave: que la gente calla porque tiene miedo. Un miedo que nos ha hecho retroceder a las épocas en que llamaban de madrugada a la puerta de tu casa y era un grupo de encapuchados que acababan de detener al lechero y ahora venían a por ti.