Que la actualidad política es, fundamentalmente, actualidad judicial, lo demuestran las noticias top de los últimos días: el abogado general del Tribunal de Justicia de la UE valida la ley de amnistía; se va ensanchando la franja de tiempo durante la cual no se sabe muy bien del todo (o se empieza a intuir demasiado bien) qué estaba haciendo Mazón el fatídico día de la DANA; el Supremo condena e inhabilita al fiscal general; encarcelan a la mano derecha de Sánchez; se inicia un juicio contra la familia Pujol... ¿cuál será la noticia a la vez política y judicial del lunes? Ante tal simbiosis o, casi, contubernio entre política y justicia, uno no puede evitar preguntarse si este no parar de poner, los tribunales, palos en las ruedas de los políticos no es deliberado, querido, deseado por los primeros: ¿están desplegando acciones de lawfare?
Dejemos clara, para empezar, una idea crucial que, leyendo ciertos análisis, diría que no siempre se tiene suficientemente presente: para que un caso judicial sea lawfare, no es necesario que se condene (por motivos políticos) a un inocente. La condena de un inocente es el caso más extremo de lawfare, claro está. Pensemos, por ejemplo, en la condena por sedición por el 1-O: ¿qué levantamiento tumultuario se produjo? Ahora bien, también puede ser lawfare (¡y del genuino!) la mera tramitación, en el contexto político oportuno, de una causa penal contra alguien con significación política, con la simple intención de generar, precisamente en aquel contexto, un determinado y oportunísimo efecto político, y más adelante, alcanzado el objetivo, archivar la causa o absolverlo después de juicio. También podrá ser lawfare condenar a alguien realmente “culpable” sometiéndolo, sin embargo, a una investigación o un juicio rodeado de circunstancias especiales. La clave no es, por tanto, la culpabilidad o inocencia del acusado, sino si en la tramitación de la causa se ha producido alguna anomalía o, simplemente, alguna circunstancia que normalmente no ocurre (porque no se ajusta plenamente a la norma aplicable) y que (¡casualidades de la vida!) es aquello que permite, muy oportunamente, generar el condicionante político que se "necesitaba". Veámoslo con dos ejemplos recientes.
¿Es lawfare la inhabilitación del fiscal general? Indicio 1: para empezar, no podemos responder del todo, porque solo se ha publicado la condena, pero no la motivación de la sentencia. Ahora bien, esta sola circunstancia, sin precedentes (¡ya tenemos algo que no pasa, normalmente!), ya nos señala la primera gran anomalía: ¿se ha hecho así para generar ya, inmediatamente (mientras esperan la redacción de los votos particulares), la repercusión política perseguida, la dimisión del fiscal general? Indicio 2: la causa se inició justo en el momento en que nació un odio exacerbado hacia el fiscal general por parte del poder judicial y la mayoría de los fiscales. ¿El motivo? ¡Que apoyaba la amnistía! (todos los caminos llevan a Roma: a Catalunya). Indicio 3: durante la instrucción, se adoptaron medidas restrictivas de derechos del investigado aparentemente desproporcionadas con la gravedad solo relativa de los hechos. Si no se hubieran adoptado, muy probablemente la causa no habría podido continuar adelante. Caramba. Indicio 4: toda la instrucción se siguió bajo la hipótesis de que el fiscal general fue quien filtró, primero, la información, pero a la vista de la menor gravedad de la condena, todo parece indicar que finalmente esta se construirá sobre otro planteamiento. ¿Una mutación sobrevenida (¡no habitual!) de los hechos? Conclusión: ¿era inocente el fiscal general? No lo sé. ¡Que me dejen leer los argumentos de la condena! Quizás no lo era. Quizás cometió un error. Ahora bien, ¿se han producido anomalías en su causa? ¡Un montón! ¿Es lawfare? Que decida el lector.
¿Es lawfare la causa contra la familia Pujol?
¿Es lawfare la causa contra la familia Pujol? ¡Sin duda, aquí! ¡Ni una! Volvamos a empezar: para serlo, no es necesario que los acusados sean inocentes (no estoy diciendo, en absoluto, que sean culpables; lo ignoro). Indicio 1: el simple hecho (más que constatado) de que se iniciara la causa por medio de un muy discutible uso de los fondos reservados y justo en el momento oportuno (con la clara intención de hacer tambalear el procés que entonces se empezaba a poner en marcha en Catalunya), nos sitúa, incuestionablemente, en el terreno del lawfare. Indicio 2: la exagerada prolongación de la investigación (¡más de una década!) podría explicarse porque, en el fondo, el objetivo que se buscaba (ensuciar el procés) ya se alcanzó en el momento inicial. Después, uno ya se podía relajar. ¿Indicio 3?: no se ha excluido del juicio a Jordi Pujol, a pesar de tener 95 años y disponer de informes médicos que niegan la capacidad cognitiva suficiente para estar presente. ¿No es absurda la situación? Cuando tenga que declarar, dentro de unos meses, se constatará lo que ya se sabe: que no está en condiciones. Y, si continúa hasta el final y es condenado a prisión, no entrará, por edad y por estado de salud. ¿Qué sentido tiene, por tanto, no excluirlo ya de la causa? No lo sé. Ya no es un tema de deshumanizar la justicia (dejemos los sentimentalismos a un lado), sino que la finalidad que la Constitución atribuye a la prisión (la reinserción del condenado) ya no tiene, en este caso, posibilidades de desplegarse. Solo añadiré lo que creo que todavía nadie ha dicho: esperemos que no le pase nada durante las sesiones del juicio.
Así pues, y como todo en la vida, también en el lawfare hay muchos grados y matices. Calificar o no un caso de lawfare en función, principalmente, de si el afectado es o no inocente es, no solo inoperativo, sino directamente un error de planteamiento, de los gordos. Debemos observar, más bien, el contexto político que ve nacer las causas y, especialmente, cómo avanzan: sus formas y sus tempos. Nos interesa si se desvían, en algún sentido, de lo que es habitual y si estos desvíos se ajustan muy bien (o demasiado bien) a la finalidad política que subyace a la hipótesis del lawfare. No olvidemos, para terminar, el porqué de todo ello: las formas y las garantías procesales que habría que respetar en todas las investigaciones penales son el elemento clave de estos cada vez más esmirriados estados de derecho que se nos desmigajan entre los dedos de las manos. Preservar lo que queda de ellos exige continuar denunciando los casos de lawfare. También, aquellos que se dirijan contra “culpables”.