Como cantaban en la mítica pieza de Martha Reeves and the Vandellas, al juez Pablo Llarena ya no le queda dónde correr. La extravagante carrera de su disparatada instrucción por un delito de rebelión, que solo encuentra fundamento en una realidad jurídica paralela y virtual, ha terminado en Alemania. Como ya avisamos aquí mismo hace semanas, se acerca inexorable el decaimiento del procesamiento por rebelión de Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y los demás encausados sometidos, además, al desproporcionado castigo de la prisión preventiva.

Ni era un tribunal “regional” alemán, como despectivamente calificaba la prensa conservadora madrileña, derrochando su calificativo favorito para dejar claro como quienes de verdad saben y mandan solo pueden estar en la capital; ni cabe recurso ante instancia superior alguna, excepto para el propio Puigdemont; ni supone extralimitación o perversión alguna de una euroorden que ni cubre ni fue pensada para este tipo de delitos, porque solo debe aplicarse y fue concebida para delitos homologados por las diferentes jurisdicciones nacionales. Cuando las justicias belga y escocesa, casi con toda seguridad, resuelvan en un sentido muy similar al adoptado por la magistratura alemana, se derrumbará la última mentira construida para mantener viva la ficción de la viabilidad del procesamiento por rebelión: que esto es cosa de los alemanes, que se creen superiores, y que deberíamos pagarles con la misma moneda.

No puede retirarse una euroorden que ya ha sido resuelta por la única y exclusiva razón de que el resultado no ha convenido al solicitante

Al juez Pablo Llarena y a la fiscalía no les queda más remedio que proceder a la inmediata revisión de los tipos penales que sustentan el procesamiento y, en consecuencia, de las medidas cautelares adoptadas. Es un mandato de pura legalidad, no es opinable. Si Llarena opta por retirar la euroorden, además de ponerse en evidencia ante toda Europa, estará adoptando una decisión de legalidad más que dudosa y más que probable causa de nulidad. El tacticismo procesal tiene sus límites, especialmente en un ámbito tan sensible como el derecho penal. No puede retirarse una euroorden que ya ha sido resuelta por la única y exclusiva razón de que el resultado no ha convenido al solicitante; debería haberla retirado antes del fallo firme del tribunal germano. La opción de acudir a la corte europea tampoco parece fácil ni clara. Con un fallo ya emitido, no ha lugar a una cuestión prejudicial y, técnicamente, no cabe recurso.

Una vez que no se puede procesar por rebelión a Puigdemont, el president entonces iría contra toda lógica jurídica y la indispensable coherencia procesal mantener la acusación por rebelión contra sus teóricos subordinados. No queda otra opción que recalificar los hechos si se quiere proseguir con el proceso y llevar la causa adonde siempre debió estar y nunca debió haber salido. De haber algo, solo puede concurrir un delito de desobediencia. La retirada inmediata de las medidas cautelares y la puesta en libertad de todos los presos, con sus derechos políticos intactos, ya no es solo una cuestión de justicia. Se ha convertido en una demanda de legalidad.