El auge del turismo en autocaravana ha llevado a la Dirección General de Tráfico a actualizar su normativa justo antes de uno de los periodos con mayor movilidad del año. La nueva instrucción publicada en marzo de 2026 introduce cambios relevantes que afectan tanto al uso de estos vehículos como a su estacionamiento, en un contexto donde el caravaning no deja de crecer en España.
En la última década, el número de autocaravanas se ha triplicado, pasando de unas 48.000 unidades a cerca de 137.000. Este incremento, impulsado en gran medida desde la pandemia, ha obligado a las administraciones a redefinir las reglas para garantizar la convivencia entre usuarios, peatones y el resto del tráfico. Por ello, la nueva normativa no solo actualiza aspectos técnicos, sino que también aclara competencias entre ayuntamientos y legislación estatal.
Nuevas restricciones y riesgo de sanción
Uno de los puntos clave de la actualización es la capacidad de los ayuntamientos para limitar el estacionamiento de autocaravanas en vías urbanas. Aunque estos vehículos pueden aparcar en las mismas condiciones que cualquier turismo, las ordenanzas municipales pueden establecer restricciones específicas, especialmente en lo relativo a la acampada.
Esto implica que acciones como desplegar toldos, sacar mesas o realizar cualquier actividad que exceda el simple estacionamiento pueden ser consideradas acampada y, por tanto, sancionables fuera de las zonas habilitadas. Lo destacable en este caso es que la interpretación del Tribunal Supremo respalda estas limitaciones, al considerar que buscan preservar la seguridad vial, la fluidez del tráfico y el uso equilibrado del espacio público.
La consecuencia directa es la aparición de nuevas multas para quienes no respeten estas normas, especialmente en destinos turísticos donde el control es más estricto durante periodos como Semana Santa. Las autoridades locales pueden prohibir expresamente la pernocta o limitar el tiempo de estacionamiento, obligando a los usuarios a recurrir a áreas específicas.
Cambios en ITV y nuevas señales específicas
La instrucción también introduce ajustes en los plazos de la Inspección Técnica de Vehículos, diferenciando claramente entre autocaravanas y furgones camperizados. En el caso de las autocaravanas, están exentas hasta los cuatro años, pasan a revisiones bienales hasta los diez años y, a partir de ahí, deben someterse a inspecciones anuales.
Por otro lado, los furgones vivienda tienen una normativa más exigente: inspección anual hasta los diez años y semestral a partir de esa antigüedad. Esta diferenciación responde a la clasificación técnica de los vehículos y a sus características estructurales.
Otro de los elementos incorporados es la nueva señal S-128, destinada a indicar puntos de vaciado de aguas residuales para caravanas y autocaravanas. Cabe destacar que esta señalización forma parte del esfuerzo por mejorar la infraestructura específica para este tipo de vehículos, facilitando su uso responsable y ordenado.
En paralelo, se refuerza la regulación de las áreas de acogida, que deben contar con servicios adecuados y una señalización clara. Estas zonas se consolidan como la alternativa recomendada frente al estacionamiento prolongado en espacios urbanos no habilitados.
Con esta actualización, la DGT busca adaptar la normativa a una realidad en constante crecimiento, equilibrando la libertad de movimiento de los usuarios con la necesidad de mantener el orden y la seguridad en las vías públicas.