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El Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha rechazado este martes el intento de Donald Trump de limitar la ciudadanía por nacimiento, un derecho reconocido desde hace más de un siglo y medio y ligado a la 14.ª enmienda de la Constitución. La decisión confirma que los niños nacidos en territorio norteamericano de padres en situación irregular o con una presencia legal temporal son ciudadanos desde el momento de nacer.

La sentencia, adoptada por seis votos a tres, mantiene bloqueada la orden ejecutiva que Trump firmó el 20 de enero de 2025, el primer día de su regreso a la Casa Blanca. Aquella directriz ordenaba a las agencias federales no reconocer la ciudadanía de los bebés nacidos en EE. UU. si ninguno de los progenitores era ciudadano norteamericano ni residente permanente legal.

Los demandantes sostenían que la medida vulneraba la 14.ª enmienda, que establece que “todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos, y sometidas a su jurisdicción, son ciudadanas de los Estados Unidos y del Estado donde residen”. El Supremo les ha dado la razón y ha concluido que estos niños también están “sometidos a la jurisdicción” de los Estados Unidos.

En la opinión del tribunal, el presidente del Supremo, John Roberts, recupera el precedente del caso United States v. Wong Kim Ark, de 1898, que reconoció la ciudadanía por nacimiento a las personas nacidas en EE. UU. aunque fueran hijas de ciudadanos extranjeros. “Hoy no vemos ninguna razón para apartarnos de esta visión”, escribe Roberts.

Una de las piezas clave de la agenda de Trump, tumbada

El alto tribunal también rechaza el argumento del gobierno de EE. UU. según el cual la ciudadanía se tendría que reservar a los hijos de personas con “domicilio legal” o con una “lealtad principal” en los Estados Unidos. Según la mayoría, hay “pocas pruebas” que avalen esta lectura “drásticamente revisionista” de la Constitución. Roberts lo resume con una idea de fondo: “La ciudadanía, entonces y ahora, era el derecho a tener derechos: a participar libremente en nuestra comunidad política”.

El revés es especialmente significativo porque la ciudadanía por nacimiento había sido una de las piezas centrales de la política migratoria de Trump. La Casa Blanca había defendido que la fórmula actual había favorecido lo que denomina “turismo de nacimiento”, pero el Supremo ha concluido que ni el texto constitucional ni su historia permiten excluir automáticamente a los hijos de personas sin residencia permanente o con visados temporales.

A pesar de esta derrota para Trump, el Supremo ha avalado este mismo martes las leyes de Virginia Occidental e Idaho que permiten separar equipos deportivos escolares y universitarios según el sexo biológico. En este otro caso, el tribunal ha concluido que estas normas no vulneran la Constitución.