El Tribunal Supremo ha sentado un precedente importante para las parejas no casadas, ya que reconoce que las personas viudas que no habían formalizado su matrimonio pueden tener derecho a la pensión de viudedad, siempre que cumplan ciertos requisitos. Esta decisión busca proteger a quienes convivían de manera estable y acreditada durante años, evitando situaciones de discriminación por no haberse casado formalmente. La clave está en demostrar una relación duradera y, en algunos casos, estar inscrito como pareja de hecho.

El Supremo ha resuelto varios casos en los que la Seguridad Social denegaba la pensión por considerar que la falta de matrimonio impedía su concesión. Sin embargo, cuando los solicitantes probaron la existencia de una convivencia estable, dependencia económica y el cumplimiento de ciertos requisitos legales, el Tribunal reconoció que negarles la pensión suponía un trato injusto. De modo que se establece que la pensión puede extenderse a parejas no casadas que hayan construido una vida en común con estabilidad y compromisos económicos mutuos.

Requisitos para acceder a la pensión sin estar casado

Aunque el Supremo abre la puerta, la ley sigue exigiendo unas condiciones específicas que se deben cumplir. Para que la administración conceda la pensión, la persona viuda debe acreditar la convivencia y, en muchos casos, dependencia económica. Estar inscrito como pareja de hecho también puede facilitar la concesión, pero no es imprescindible si se demuestra una relación estable. Esta regulación busca equilibrar el derecho a la pensión con la protección de la Seguridad Social ante posibles fraudes.

Fachada de la sede del Tribunal Supremo. Foto Europa Press
Fachada de la sede del Tribunal Supremo. Foto Europa Press

La normativa no concede un derecho automático, cada solicitud se evalúa individualmente, teniendo en cuenta documentación como certificados de empadronamiento, cuentas conjuntas, testigos o contratos que demuestren la convivencia. La decisión del Supremo no elimina los criterios legales, pero sí obliga a que se apliquen de manera justa, evitando que la rigidez de la Seguridad Social derive en situaciones injustas.

Impacto práctico de la sentencia

En la práctica, esto significa que las parejas que llevaban años conviviendo y compartiendo responsabilidades económicas pueden acceder a la pensión de viudedad aunque no se hayan casado. La sentencia marca un antes y un después en la interpretación de los derechos de las parejas no formales, reconociendo la diversidad de los modelos de familia actuales y protegiendo a quienes dependen económicamente de su pareja fallecida.

Este cambio protege a personas que, por circunstancias culturales, económicas o personales, no contrajeron matrimonio, pero vivieron su relación con estabilidad. Así pues, el Supremo garantiza un acceso más equitativo a prestaciones fundamentales, adaptando la normativa a la realidad de la convivencia contemporánea.