Durante años, miles de hipotecados en España pagaron de más en sus préstamos debido a las conocidas cláusulas suelo, una práctica bancaria que terminó siendo declarada abusiva por los tribunales. A la devolución del dinero cobrado indebidamente por los bancos se sumó después otro problema inesperado: Hacienda exigió tributar en el IRPF por los intereses devueltos. Ahora, el Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse y ha sido claro: esa tributación no es correcta y debe devolverse.
Qué son las cláusulas suelo y cómo nació el conflicto
Las cláusulas suelo son condiciones incluidas en muchas hipotecas a tipo variable que establecían un interés mínimo a pagar, aunque el índice de referencia —normalmente el euríbor— bajara por debajo de ese límite. Es decir, aunque el mercado ofreciera intereses muy bajos, el cliente seguía pagando un porcentaje fijo mínimo.
El problema surgió cuando miles de consumidores descubrieron que estas cláusulas no habían sido explicadas de forma clara ni transparente. Tras numerosas reclamaciones, el Tribunal Supremo y posteriormente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declararon que muchas de estas cláusulas eran abusivas, obligando a los bancos a devolver todo lo cobrado de más, incluidos los intereses.

Sin embargo, al recibir esas devoluciones, muchos afectados se encontraron con una nueva sorpresa: Hacienda consideró que los intereses devueltos constituían una ganancia patrimonial y, por tanto, debían tributar en el IRPF. Esto provocó que parte del dinero recuperado acabara de nuevo en manos de la Administración.
Por qué el Supremo obliga a devolver el IRPF cobrado
El Tribunal Supremo ha corregido este criterio y ha establecido que los intereses derivados de la devolución de las cláusulas suelo no deben tributar en el IRPF. El argumento central es claro: no existe una ganancia real, sino la restitución de un dinero que nunca debió cobrarse al contribuyente.
Según el Supremo, cuando un banco devuelve lo cobrado por una cláusula suelo abusiva, el cliente no está obteniendo un beneficio nuevo, sino recuperando su propio dinero. Por tanto, grabar fiscalmente esa devolución vulnera el principio de capacidad económica que rige el sistema tributario español.
Además, el alto tribunal considera que exigir el pago de IRPF en estos casos supone una doble penalización para el consumidor, que primero sufrió una práctica bancaria abusiva y después una carga fiscal injustificada. La sentencia deja claro que Hacienda no puede beneficiarse de una situación declarada ilegal por los tribunales.

Qué pueden hacer los afectados
Las personas que tributaron por los intereses devueltos de las cláusulas suelo pueden reclamar a Hacienda la devolución del IRPF pagado indebidamente, siempre que no haya prescrito el derecho. Esto incluye tanto regularizaciones hechas por la Agencia Tributaria como declaraciones presentadas voluntariamente por los contribuyentes.
Esta decisión del Supremo refuerza la protección del consumidor y consolida una doctrina clara: cuando se devuelve lo que nunca debió cobrarse, no hay ganancia, y, por tanto, no hay impuesto. Una resolución que vuelve a poner límites tanto a la banca como a la Administración y que abre la puerta a recuperar miles de euros que muchos creían perdidos.