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La Seguridad Social contempla varios mecanismos para que la maternidad no penalice tanto la futura pensión. No son años regalados en sentido estricto, sino periodos que pueden computar como cotizados cuando una persona dejó de trabajar, interrumpió su carrera o perdió cotizaciones por el nacimiento y el cuidado de hijos. En la práctica, pueden sumar hasta 1.825 días.

La medida afecta sobre todo a mujeres, porque son quienes históricamente han asumido más interrupciones laborales por maternidad y cuidados. También pueden acceder los padres si acreditan que su carrera profesional fue la perjudicada, pero solo un progenitor puede beneficiarse por cada hijo. El objetivo es compensar una brecha que muchas veces aparece justo al calcular la jubilación.

No es automático ni para todos

Uno de los beneficios más conocidos es el cómputo de 112 días por parto, que se aplica cuando no se cotizó por descanso de maternidad en ese periodo. En partos múltiples, se añaden 14 días más por cada hijo a partir del segundo. Es una forma de reconocer un tiempo que, de otro modo, quedaría fuera de la vida laboral.

Un jubilado residente en el extranjero. Foto Simon Hurry Unsplash

A eso se suma el beneficio por cuidado de hijos, que puede reconocer hasta 270 días por cada menor cuando hubo una interrupción de la cotización entre los meses previos al nacimiento y los años posteriores. La clave está en que exista un perjuicio real en la carrera laboral. No basta con haber tenido hijos: tiene que haber una laguna vinculada al cuidado.

Puede cambiar la pensión

El límite conjunto de estos beneficios es de cinco años, es decir, 1.825 días. Esa cifra puede ser importante para quien está cerca de alcanzar el mínimo exigido para jubilarse o para quien necesita mejorar los años computados en el cálculo de la pensión. En algunos casos, esos días pueden marcar la diferencia entre acceder o no a una prestación contributiva.

Por eso conviene revisar la vida laboral antes de solicitar la jubilación y comprobar si aparecen lagunas sin reconocer. Muchas mujeres no saben que pueden pedir el reconocimiento de estos periodos y dan por perdidas cotizaciones que la normativa sí permite computar. El trámite debe hacerse ante la Seguridad Social, aportando la información necesaria. No es un premio, sino una corrección: reconocer que cuidar también tuvo coste laboral durante años y con efectos económicos reales.