La Ley de Propiedad Horizontal permite poner un cargador de coche aunque tus vecinos no lo quieran

Instalar un cargador para coche eléctrico en una plaza de garaje comunitaria puede generar dudas y tensiones entre vecinos. Muchos propietarios creen que necesitan una votación favorable de la comunidad para poder hacerlo, pero la Ley de Propiedad Horizontal permite instalar un punto de recarga de uso privado sin tener que pedir permiso a la junta, siempre que se cumplan las condiciones exigidas y la instalación se haga correctamente.

Y es que la clave está en que el cargador sea para uso individual y se ubique en una plaza de aparcamiento del propio interesado. En ese caso, el propietario no necesita que los vecinos aprueben la obra. Lo que debe hacer es comunicar previamente a la comunidad que va a realizar la instalación. No se trata de pedir autorización, sino de informar.

Basta con comunicarlo a la comunidad

La realidad es que esta norma busca facilitar la movilidad eléctrica y evitar que una comunidad pueda bloquear sin motivo la instalación de cargadores privados. Si un vecino tiene una plaza de garaje y quiere poner un punto de recarga para su vehículo, puede hacerlo aunque otros propietarios estén en contra.

Reunión comunidad de vecinos
Reunión comunidad de vecinos

De este modo, la comunidad no puede votar para impedir la instalación solo porque no le guste o porque algunos vecinos no la consideren necesaria. El propietario debe enviar una comunicación al presidente o al administrador indicando su intención de instalar el cargador, el lugar donde irá colocado y, preferiblemente, acompañar la información técnica básica. Eso sí, la instalación debe cumplir la normativa eléctrica, hacerse por un instalador autorizado y no afectar a la seguridad del edificio ni a elementos comunes más allá de lo imprescindible para llevar el cableado.

El coste lo paga quien lo instala

El punto más importante para evitar conflictos es el económico. El cargador privado no lo paga la comunidad. Lo debe asumir íntegramente el propietario interesado, tanto en la instalación como en el consumo eléctrico y el mantenimiento. Por eso tampoco puede cargar ese gasto al resto de vecinos. La comunidad sí puede exigir que la obra se haga con garantías, que no perjudique zonas comunes y que se deje todo correctamente instalado. También puede pedir documentación si hay dudas sobre la seguridad o el recorrido del cableado.

Así pues, la Ley de Propiedad Horizontal permite instalar un cargador de coche eléctrico aunque los vecinos no quieran, siempre que sea para uso privado, se comunique previamente y lo pague el propietario. La comunidad puede controlar que la instalación sea segura y correcta, pero no bloquearla por simple oposición vecinal.