Mudarse a casa de los hijos puede dejar pendiente una decisión importante como qué hacer con la vivienda en la que se ha vivido durante años. Para los propietarios mayores de 65 años, el tiempo transcurrido desde la mudanza puede afectar a la factura fiscal de su venta. La regla general permite conservar la exención de la ganancia en el IRPF si la transmisión se realiza dentro de los dos años siguientes a dejar de residir allí.
La Agencia Tributaria explica que, para aplicar este beneficio, la vivienda debe ser habitual en el momento de venderla o haber tenido esa consideración dentro de los dos años anteriores. Por tanto, trasladarse al domicilio de un hijo no elimina inmediatamente la posibilidad de acogerse a la exención. Lo relevante es que se cumplan los requisitos y que la operación se cierre dentro del plazo correspondiente.
Dos años desde que dejas de vivir en la vivienda
El cómputo parte del momento en que se deja de residir efectivamente en el inmueble. No comienza cuando se anuncia la venta, se contrata una inmobiliaria o aparece un comprador interesado. La Agencia Tributaria precisa que este margen de dos años se aplica con independencia de la causa que haya motivado el abandono de la residencia habitual. Por eso, conviene tener clara la fecha de la mudanza antes de organizar la operación.

También importa que el piso hubiera alcanzado previamente la condición de vivienda habitual. Como regla general, exige haber residido en él de manera continuada durante al menos tres años, aunque existen circunstancias que permiten excepciones. Tener una vivienda en propiedad desde hace mucho tiempo no acredita, por sí solo, que fuera la residencia habitual del vendedor. Debe poder justificarse el uso efectivo del inmueble conforme a los requisitos fiscales.
No necesitas comprar otra casa para aplicar esta exención
El beneficio para mayores de 65 años permite dejar exenta la ganancia patrimonial sin destinar el dinero a otra vivienda. Esto resulta especialmente relevante para quien se instala con sus hijos y no tiene previsto volver a comprar. La exención afecta a la ganancia obtenida por la transmisión de la residencia habitual, siempre que el propietario reúna las condiciones exigidas para acogerse a ella.
Vender sin tributar por esa ganancia en el IRPF tampoco significa que desaparezcan todos los costes de la operación. La plusvalía municipal tiene sus propias reglas y esta exención no la elimina automáticamente. Antes de firmar, hay que distinguir ambos impuestos y comprobar las fechas: abandonar la casa no obliga a venderla inmediatamente, pero esperar puede cambiar su tratamiento fiscal.