Durante años, miles de clientes han asumido como inevitable el hecho de pagar una comisión solo por tener una cuenta bancaria abierta. Un cargo que aparecía cada año en el extracto, sin demasiadas explicaciones y casi siempre bajo el concepto genérico de mantenimiento. Sin embargo, una reciente resolución judicial ha cambiado la realidad y ha puesto en cuestión una de las prácticas más extendidas e injustas de los bancos.
Una Audiencia Provincial ha dictado sentencia dejando claro que cobrar una comisión únicamente por mantener una cuenta corriente puede ser ilegal. Y no por un detalle menor, sino porque, según el tribunal, en muchos casos no existe un servicio que justifique ese cobro. La decisión abre la puerta a reclamaciones masivas por este mismo motivo.
Lo que la Audiencia Provincial considera ilegal
La Audiencia Provincial sostiene que una comisión solo es válida si responde a un servicio concreto, identificable y efectivamente prestado al cliente. Mantener una cuenta abierta, por sí mismo, no cumple ese requisito. El tribunal entiende que la cuenta corriente no es un servicio adicional, sino una herramienta básica para que el cliente pueda operar. Por tanto, si el banco no acredita qué está ofreciendo a cambio de esa comisión, el cobro se considera abusivo.
Además, la sentencia señala que no basta con que el contrato mencione la comisión de forma genérica. La entidad debe explicar qué servicio se presta, en qué consiste y por qué tiene ese coste extra. Si no lo hace, vulnera la normativa de consumo y la Ley de Condiciones Generales de la Contratación.
Por qué esta decisión afecta a tantos clientes
La importancia de esta sentencia radica en que muchas entidades cobran entre 30 y 60 euros al año simplemente por mantener la cuenta, especialmente a clientes sin nómina domiciliada. La Audiencia Provincial considera que este tipo de cobros no pueden imponerse. En cuanto a las cantidades, todo depende del importe y del tiempo durante el que se haya cobrado la comisión. En muchos casos, los clientes podrían recuperar entre 100 y 300 euros, e incluso más si la comisión era elevada y se mantuvo durante varios años.
Así pues, esta resolución marca un punto de inflexión. No elimina todas las comisiones bancarias, pero sí dice que los bancos no pueden cobrar por cualquier cosa. Y cuando lo hacen sin justificar el servicio, la justicia empieza a poner límites a una práctica que durante demasiado tiempo se dio por normal.
