Existe una creencia muy extendida que genera preocupación que invita a pensar que, si una persona fallece sin haber dejado un testamento, todo su patrimonio pasa automáticamente al Estado. Sin embargo, los abogados insisten en que esto no es así en la mayoría de los casos.

La realidad es muy distinta y está claramente regulada por la ley. Antes de que el Estado pueda heredar, existe un orden muy concreto de familiares con derecho a recibir la herencia.

Lo que ocurre de verdad, cuando no hay testamento

Y es que cuando una persona fallece sin testamento, se abre lo que se conoce como una sucesión intestada. En estos casos, no se pierde la herencia ni queda en un limbo. Lo que se hace es una declaración de herederos, un procedimiento legal que determina quién tiene derecho a heredar.

herencia

La realidad es que la ley establece un orden claro. Primero heredan los hijos y descendientes. Si no los hay, pasan a heredar los padres o ascendientes. Después entra en juego el cónyuge viudo, que también tiene derechos reconocidos sobre la herencia. De este modo, siempre hay una prioridad familiar antes de llegar a cualquier otra opción.

El caso en el que el Estado se lo lleva todo

El Estado solo aparece en un escenario muy concreto y no tan habitual. Únicamente heredará si no existe ningún familiar con derecho hasta el cuarto grado. Esto incluye no solo hijos o padres, sino también hermanos, sobrinos, tíos o primos. Y es que aquí está la clave. Es muy poco habitual que no exista ningún familiar en este nivel. Por eso, en la mayoría de los casos, la herencia acaba en manos de la familia, aunque no exista testamento.

Además, la ausencia de testamento no impide reclamar lo que corresponde. Los herederos pueden iniciar el proceso y acreditar su relación con el fallecido. Así pues, el mensaje de los abogados es claro. No hacer testamento no significa que el Estado se quede con todo. La ley protege primero a la familia y establece un orden que garantiza que la herencia llegue a quienes corresponda.