Toque de atención de la Junta Electoral Central a Pedro Sánchez por haber vuelto a incumplir el deber de neutralidad de los poderes públicos en periodo electoral. Después de una denuncia de Esquerra Republicana, el organismo arbitral ha abierto un expediente sancionador al presidente español por haber elogiado a Salvador Illa, candidato del PSC en las elecciones del 12 de mayo, en una rueda de prensa en Doha (Qatar) durante un viaje oficial el 3 de abril. Al ser preguntado por los comicios catalanes, Sánchez defendió el líder socialista en Catalunya usando uno de los lemas que ha acuñado el partido de cara al 12-M: “Si hay alguien que puede unir y servir ahora mismo la sociedad catalana, creo que tiene un nombre y un apellido, que es Salvador Illa”. «Unir y servir» es una de las ideas que está repitiendo con fuerza el PSC los últimos días.

 

Ahora, la resolución de la JEC afirma que estos hechos consisten en la “presunta vulneración” del artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y del “deber de neutralidad política” que las administraciones públicas deben respetar en actos institucionales durante los periodos electorales. Además, el texto recuerda que Sánchez ya fue multado con 500 euros en 2019 y 2.200 euros en 2023 por incumplir el mismo artículo de la LOREG, por lo que la JEC considera que el presidente español estaba advertido de las consecuencias de sus palabras. Dicho precepto prohíbe “cualquier acto organizado o financiado por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones”. Además, la JEC pide a Sánchez que “se abstenga de realizar” actuaciones como esta en el resto de la campaña.

Como consecuencia del expediente sancionador, que será instruido por la magistrada Ana Ferrer, la JEC esgrime que las palabras de Sánchez podrían constituir una “infracción electoral susceptible de ser sancionada con multa de 300 a 3.000 euros”. El presidente del Gobierno puede reconocer la infracción y pagar voluntariamente una sanción de 2.400 euros, que podría rebajarse a 1.800 euros si la paga en el plazo de diez días. Si no, Sánchez puede presentar alegaciones y dejar que la magistrada de la JEC acabe resolviendo.

Otras multas que ha recibido Sánchez

En los últimos años, Sánchez ha recibido otras multas y advertencias de la Junta Electoral Central que no le han hecho ni cosquillas. En junio de 2023, la JEC le puso una multa de 2.200 euros por “romper el principio de neutralidad” durante una rueda de prensa en Bruselas después de un Consejo Europeo. En aquel momento, cuando faltaban pocos días para que arrancara oficialmente la campaña electoral del 23-J, Sánchez criticó los pactos que estaban haciendo PP y Vox en las comunidades autónomas y en los ayuntamientos. El organismo argumentó que el presidente español aprovechó los “medios públicos de los que disponía” para hacer unas manifestaciones con “contenido valorativo y electoralista”. En enero de 2020, la JEC le impuso una multa de 500 euros por usar una de las salas de la Moncloa para una entrevista de La Sexta justo antes de los comicios del 10 de noviembre.

Además, hace pocos meses, la JEC abrió otro expediente al presidente español por hacer campaña electoral durante una visita al astillero de Navantia, cuando faltaban pocas semanas por las elecciones gallegas. Sánchez vulneró el principio de neutralidad cuando anunció la construcción de un nuevo buque de la Armada en Ferrol, con la creación de 1.800 puestos de trabajo y la inversión de 439 millones de euros. La JEC argumentó que la intervención de Sánchez en Navantia tuvo una gran repercusión en toda Galicia, dada la relevancia que esta empresa tiene dentro del sector marítimo.