Carles Puigdemont y Oriol Junqueras han obtenido este martes dos victorias en los tribunales que merecen ser destacadas, sobre todo, porque en medio del erial judicial español cuesta encontrar situaciones que tengan un desenlace similar. En el caso de Puigdemont se trata de la primera condena contra un hombre que colgó un vídeo en las redes sociales montando a caballo y en el que deseaba que el president en el exilio fuera violado en la prisión. La gravación es de abril de 2018 y la pena impuesta es casi ridícula: una multa administrativa de dos meses a razón de 20 euros al día. Respecto a Junqueras su victoria tiene que ver con un recurso que interpuso para investigar quién del Tribunal Supremo envió un whatsap advirtiendo a las juntas de tratamiento de las prisiones de consecuencias penales si avalaban que los presos independentistas pasaran la cuarentena del coronavirus en sus domicilios, como sí pudieron hacer otros reclusos.

El exvicepresident del Govern y presidente de Esquerra Republicana ha planteado a través de sus abogados una cuestión capital y que se está convirtiendo en una especie de vía de escape para el Tribunal Supremo cada vez más habitual en sus relaciones con los periodistas. Al menos en dos ocasiones, la comunicación de la información se ha efectuado por un canal tan poco oficial como es un whatsap, prescindiendo de lo que sería una nota de prensa clásica del mismo Supremo o del presidente de la Sala Segunda, el juez Manuel Marchena, que presidió el tribunal que los condenó a elevadas penas de prisión. Oriol Junqueras presentó una demanda en el juzgado de Manresa y la magistrada acabó elevando una cuestión de orden por si se entendía que la causa no le correspondía a ella sino al Supremo. La Audiencia de Barcelona estima que, como los hechos de la querella se atribuyen genéricamente al alto tribunal  pero no a ningún magistrado, habrá que investigarlo previamente ya que la información habría podido llegar por otras personas del tribunal, como letrados o secretarios. Solo si se acaba estableciendo que es un magistrado del Supremo, entonces el juzgado de Manresa deberá inhibirse, dicta la Audiencia y, mientras tanto, deberá estudiar si admite o no a trámite la querella.

Habrá que seguir con atención este proceso: ¿cabe dar la misma validez a un whatsap que, al final, no deja de ser una comunicación privada, aunque sea en un foro amplio, que a una nota de prensa oficial? Fácilmente puede desprenderse que se consigue el mismo efecto con un procedimiento mucho menos reglado y que queda fuera del escrutinio público. Aquel whatsap que tenía, cuando menos, un aire de advertencia contundente ¿hubiera sido igual de claro en un comunicado oficial? De hecho, también por un whatsap supimos que el juicio de inhabilitación del president Quim Torra en el Supremo podría ser el 17 de septiembre o iniciarse ese día. Todo el mundo lo ha acabado dando por bueno aunque en puridad no hay ninguna comunicación oficial. Uno puede llegar a pensar que en lo que afecta a los independentistas catalanes cualquier metodología es buena y ya que la razón no se les acaba dando casi nunca, al menos se espera que las formas sean las más convencionales posibles. Junqueras está en todo su derecho de exigirlo.

Un último apunte respecto a la condena al energúmeno que profirió las amenazas a Puigdemont. Si sorprendente es la ínfima pena impuesta por el juez, más sorprendente es la posición de la Fiscalía, que trivializó los hechos y pidió la absolución del denunciado.