De entre las muchas consecuencias que se van a derivar de la decisión de la justicia belga de rechazar la extradición del conseller Lluís Puig a España, por considerar que el Tribunal Supremo no es competente para emitir la euroorden, más allá de su lógica satisfacción por la libertad confirmada, hay tres que son especialmente relevantes: la primera afecta al suplicatorio que tiene que aprobar el Parlamento Europeo para levantar la inmunidad del presidente Puigdemont, de Toni Comín y de Clara Ponsatí dada su condición de eurodiputados; la segunda tiene que ver con el refuerzo legal para todos los exiliados, ya que la onda expansiva de la decisión del tribunal belga sobre Lluís Puig va más allá del exconseller de Cultura; finalmente, y en tercer lugar, si el Tribunal Supremo no era competente para cursar la extradición de Lluís Puig, ¿era competente para juzgar a los miembros del Govern encarcelados, a la presidenta Forcadell y a los líderes sociales Jordi Cuixart y Jordi Sànchez?

La justicia belga, igual que ha sucedido en otras ocasiones con otras cortes europeas, propina un nuevo bofetón a la justicia española, algo que ya no es una novedad. Los magistrados Manuel Marchena y Pablo Llarena han vuelto a confundir lo que hacen y deshacen a su antojo en la plaza de la Villa de París con el escrupuloso análisis jurídico que se hace en otras plazas europeas. Porque, sino, ¿cómo se entendería que todo lo que se hace en Madrid sea permanentemente enmendado fuera de las fronteras españolas? Desde el principio hemos venido señalando que la causa general contra el independentismo y que tiene su vértice en el Govern cesado por Rajoy y el resto de líderes independentistas no era otra cosa que una causa general construida con pies de barro.

La decisión de la justicia belga con el conseller Puig y la desautorización en toda la regla del Supremo abre una vía nueva respecto al suplicatorio de Puigdemont, Comín y Ponsatí que ha cursado el Supremo al Parlamento Europeo y sobre el que se tendría que pronunciar el pleno de la Cámara en una fecha que se cree quizás hacia final de año. Porque si el Supremo no es competente para Puig, tampoco lo es para los otros tres eurodiputados que están en condiciones judiciales aparentemente similares. Y, si es así, ¿cómo va a estudiar el Parlamento Europeo un suplicatorio pedido por un tribunal que no es competente?

Es cierto que, en este caso, la decisión es básicamente política ya que estará en manos de los 751 eurodiputados que, además, la mayoría de las veces, acostumbra a votar respetando, como en otros parlamentos, las posiciones adoptadas por sus grupos parlamentarios. Pero se antoja difícil que la posición ventajosa en la que creían estar hasta hace unas pocas horas los eurodiputados españoles del PSOE, PP y Ciudadanos sea exactamente igual. Más bien cabe pensar en un cambio de orientación y de estrategia impuesta por la lógica de los hechos que impulsarán los propios grupos parlamentarios en el Parlamento Europeo aunque haya resistencia por parte de sus colegas españoles.

Una última reflexión: mientras en España se vulneran los derechos de los presos, como hemos visto recientemente con el tercer grado y, sobre todo, con el 100.2, entrando inopinadamente el Tribunal Supremo en decisiones que son de los jueces de vigilancia penitenciaria y de las juntas de régimen penitenciario de las prisiones, la justicia europea es garantia de justicia. Ahora ya podemos prever qué acabará pasando cuando toda la causa del Supremo llegue a Europa. Será tarde, muy tarde, para tantos años injustos de prisión. Pero es una ventana de esperanza.