La sección 21 de la Audiencia de Barcelona ha decretado por dos votos a uno la libertad provisional del exfutbolista Dani Alves basándose en que la condena que le impuso el tribunal, de 4 años y 6 meses de prisión por agresión sexual a una joven en la discoteca Sutton, aún no es firme y ya lleva 14 meses en prisión provisional. A juicio del tribunal, esta situación ha aminorado el riesgo de fuga; y ha establecido una fianza de un millón de euros para que pueda salir en libertad provisional. Hasta aquí los hechos que deberían permitir entender un fallo del tribunal que a ojos de la opinión pública, nada más conocerse, ha establecido un guion que es muy difícil de rebatir. El tribunal ha demostrado una falta de sentido común que causa desasosiego: hay una justicia para ricos, que les permite salir de prisión, y los poderosos tienen acceso a poder comprar su libertad, lo que equivale, en este caso, a una desprotección de las mujeres.

Debo decir, en primer lugar, que cuando he oído la decisión de la Audiencia de Barcelona me ha parecido un auténtico despropósito. No tanto porque el tribunal haya errado en sus argumentos jurídicos, en los que no voy a entrar porque soy todo un profano de la legislación al respecto, sino por el mensaje que se envía a la sociedad en un momento en que este tipo de delitos no están precisamente a la baja y la preocupación es creciente. Que a Alves se le pida un millón de fianza no es para mí lo importante. O no es lo más importante. Lo acabará pagando. Como otros, en una situación económica muy diferente, pueden pagar una fianza en un delito como el del exfutbolista, de menor cuantía, pero también esquivar la prisión y esperar en su casa la ejecución firme de la sentencia.

En mi opinión, el tema de fondo es si un delito de agresión sexual tiene para el condenado un camino legal para no permanecer en prisión y si hay circunstancias atenuantes del tipo que sean. Porque, al final, la víctima ha hecho un enorme sacrificio explicando lo que sucedió aquella noche en la discoteca, y la decisión del tribunal, sin duda legal, tiende a rebajar ante la sociedad la percepción de la gravedad del delito. En su auto, los dos magistrados que han tomado la decisión de libertad con fianza argumentan que la función de la prisión provisional no puede ser en ningún caso la de avanzar los efectos de una hipotética pena. Y sostiene que la privación de libertad tiene que ser objetivamente necesaria y que no existan otras medidas menos graves que se puedan adoptar, además de durar el mínimo tiempo imprescindible. Repito: la sentencia es una cosa y otra muy diferente el mensaje que acaba transmitiéndose a la sociedad. Que no aparece en el auto, pero que acaba teniendo más fuerza de lo que parece.

La víctima ha hecho un enorme sacrificio explicando lo que sucedió aquella noche en la discoteca, y la decisión del tribunal, sin duda legal, tiende a rebajar ante la sociedad la percepción de la gravedad del delito

Además de una fianza de un millón de euros, que acabará pagando sin mayores dificultades porque sus ingresos estos años han sido cuantiosos, bien directamente o a través de sus amistades millonarias, el tribunal ha impuesto la retirada de los dos pasaportes de que dispone, el brasileño y el español, por riesgo de fuga. También se le ha prohibido salir de España y acercarse o comunicarse con la víctima y deberá presentarse cada semana a la Audiencia de Barcelona y todas las veces que sea reclamado. Por más que Alves haya declarado por activa y por pasiva que no piensa fugarse, es evidente que el riesgo existe y, en consecuencia, se ha infravalorado una posibilidad real donde sí que tiene importancia el disponer de un patrimonio lo suficientemente alto para establecer una huida y esquivar la prisión. Si eso acaba sucediendo, no será un tema de mala suerte, sino de mala praxis.