La justicia europea acepta que los bancos españoles no devuelvan el dinero de las cláusulas suelo de las hipotecas cobradas antes del 9 de mayo del 2013. En este sentido, el abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, Paolo Mengozzi, ha defendido una retroactividad "limitada en el tiempo". Una sentencia que a pesar de no ser definitiva, da razón y aire a la banca para evitar el impacto de unas "repercusiones macroeconómicas" que, según el Banco de España, supondrían entre 5.000 y 7.000 millones. Un impacto que "justifica la limitación en el tiempo" de los efectos de nulidad "sin romper con el equilibrio" existente en la relación entre el consumidor y la entidad.

La recomendación de Mengozzi no es vinculante, pero sí insinuadora de lo que el Tribunal europeo, que dictará sentencia a finales de año, pueda acabar decidiendo y es que en una mayoría de casos la opinión y el veredicto acaban coincidiendo. Más concretamente, Mengozzi ha transmitido a los jueces de Luxemburgo que el hecho de que "declaren la limitación en el tiempo de los efectos de la nulidad de las cláusulas suelo incluidas en los contratos de préstamo inmobiliario en España es compatible" con la legislación comunitaria.

Asimetría de la información

El Tribunal Supremo español declaró el 9 de mayo del 2013 las cláusulas suelo como prácticas abusivas, al considerar que los consumidores no habían sido adecuadamente informadas de la carga tanto económica como jurídica que tenían que soportar. Lo que en economía se conoce como problema de asimetría de información es precisamente el quid de la cuestión. Un arma de doble filo que, por una parte, permite a los hipotecados recuperar el dinero pagado posterior a la sentencia asegurando que descubrieron "sorprendentemente" una cláusula que les impedía beneficiarse de las bajadas registradas en índice de referencia como el Euríbor y, por la otra, legitima la defensa de los bancos conforme informaron "correctamente" sus clientes.

Ahora bien, el mismo Tribunal no dudó en poner límites a la retroactividad de esta nulidad haciendo que los hipotecados pudieran recuperar el dinero pagado posterior a la sentencia. Pero aunque ya se empieza a vislumbrar el camino, queda pendiente saber cómo se tiene que proceder con anterioridad a este 9 de mayo del 2013. De aplicarse una retroactividad total desde la firma del contrato hipotecario en lugar de la fecha de la sentencia, la banca tendría que asumir, según un informe de Goldman Sachs, un coste adicional de 3.000 millones.