Era el minuto 95 del partido entre València y Barça. Leo Messi acababa de marcar de penalti el tercer gol, el de la victoria y el que dejaba el 2-3 definitivo. Mestalla explotaba. Gritos, decepción y agresividad. Durante la celebración del Barça sobre el terreno de juego se vio como Neymar y Luis Suárez caían al suelo golpeados por algún proyectil que venía de la afición. Una sanción de 3.000 euros y la advertencia del cierre de Mestalla, la posible multa para el València.

El público estaba encendido y entonces llegó el momento cuando desde la gradería se lanzaron varios objetos, entre los cuales se podían distinguir unas cuantas botellas. Los proyectiles cayeron a plomo sobre los jugadores blaugrana, que todavía estaban dentro del terreno de juego. La piña de celebración del Barça acabó deshecha.

La botella en cuestión había ido a parar a la cabeza de Neymar. Los actos de la afición del València, siempre al límite del reglamento, ya estaban presentes en la mente de todos los seguidores al fútbol. Un público muy exigente y una de las aficiones más hostiles de Primera División.

El reflejo en el acta arbitral

El árbitro del partido, Alberto Undiano Mallenco, dejó constancia de los hechos en el acta arbitral. El problema fue un lanzamiento de objetos por parte del público. Se explica que durante la celebración "fueron lanzadas varías botellas" y una de ellas acabó impactando con Neymar.

Las posibles sanciones al València

El problema ahora lo tendrá el club local; en este caso la Valencia. Concretamente afectan los artículos 15 (Responsabilidad de los clubs) y 101 (Alteración del orden del encuentro de carácter grave) del Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF).

Según el artículo 15 en los apartados 1 y 2, se dice que "Cuando con ocasión de un partido se altere el orden, se menoscabe o ponga en peligro la integridad física de los árbitros, jugadores, técnicos o personas en general (...) incurrirá en responsabilidad el club organizador del mismo".

Ya en el artículo 101 se define la sanción que se tendría que producir. En el caso de cumplir el artículo 15, el apartado 1 define que si se califica como un acto grave y sea el primer caso de la temporada, "el club responsable será sancionado con multa en cuantía de hasta 6.000 euros y clausura parcial de las instalaciones deportivas por un partido, apercibiéndole con la clausura total de sus instalaciones deportivas en caso de reincidencia". A todo eso, la cifra iría en aumento si se repitieran los incidentes.

En el apartado 2 se especifica más el caso en cuestión del partido y la sanción podría ser más precisa. "Se considerará infracción de carácter grave y será sancionado con multa en cuantía de hasta 3.000 euros y apercibimiento de clausura, el lanzamiento de varios balones, o de cualquier otro elemento al terreno de juego procedentes de la grada, con independencia de si el juego está o no detenido".