La renta garantizada de ciudadanía (RGC) es la prestación social que permite asegurar los mínimos de una vida digna a las personas en situación de pobreza con el fin de mejorar su situación, y promover su autonomía y participación activa en la sociedad. Se trata de una prestación social de naturaleza económica y percepción periódica a fin de que estas personas puedan hacerse cargo de sus gastos esenciales o de su familia. También es una ayuda para quien no tiene acceso a los derechos básicos como son un trabajo de calidad y acceso a la vivienda.

A la vez, la Generalitat prevé ampliar la prestación a personas sin hogar, a mujeres víctimas de la violencia machista, a personas con enfermedad mental atendidas en residencia, y para mejorar situaciones de emergencia social.

A lo largo del primer año de la puesta en marcha de esta iniciativa, más de 113.000 personas han sido beneficiarias. De estas, 26.958 son familias –correspondientes a unos 68.350 beneficiarios–, más 45.363 pensionistas y beneficiarios de prestaciones estatales con rentas más bajas que reciben el complemento.

¿Quién puede ser beneficiario?

Puede ser beneficiario cualquier persona que, durante los seis meses anteriores a la solicitud, tenga ingresos inferiores al 91% del indicador de renta de suficiencia de Catalunya, y que cumpla una serie de requisitos. Pueden ser personas sin trabajo y sin recursos, pensionistas, perceptores de prestaciones y otros subsidios y familias monoparentales, entre otros casos. En este año 2018, el umbral de ingresos se sitúa en 604 euros al mes en doce pagas.

Con la aplicación de esta ayuda, la Generalitat ha incrementado en 81 millones de euros el presupuesto destinado a las personas más vulnerables, pasando de los 228 millones de euros el año 2016 con la renta mínima de inserción (RMI) a los 309 de este 2018 con la renta garantizada y los complementos. De hecho, prevé ampliar la prestación a personas sin hogar, a mujeres víctimas de la violencia machista, a personas con enfermedad mental atendidas en residencia, y para mejorar situaciones de emergencia social.

Requisitos para pedir la renta garantizada

  1. Ser mayor de 23 años
    - También tienen derecho a la RGC las personas mayores de 18 años si:
         - Tienen menores o personas con discapacidad a cargo.
         - Son huérfanos de los dos progenitores.
         - Han estado víctimas de violencia machista en el ámbito del hogar.
         - Están en cualquier otra situación o circunstancia que se establezca por reglamento.
     
  2. Estar empadronado en un municipio y residir legalmente ­en Catalunya.
    Este requisito no se aplica a las mujeres que tienen permiso de residencia por reagrupamiento familiar y lo pierden como consecuencia de divorcio o separación, ni a los catalanes regresados.
     
  3. Tener residencia continuada y efectiva en Catalunya durante los 24 meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
     
  4. No disponer de una cantidad de ingresos, rentas o recursos económicos considerada mínima para atender las necesidades básicas de una vida digna, de acuerdo con el umbral de ingresos fijado por el indicador de renta de suficiencia de Catalunya, durante los seis meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
     
  5. No ser beneficiario de una prestación pública o privada de servicio residencial permanente de tipo social, sanitario o sociosanitario, siempre que el internamiento no tenga una duración superior a 12 meses y esté prescrito en el plan de trabajo, ni estar ingresado en centro penitenciario en régimen ordinario o cerrado.
     
  6. No trabajar, excepto los solicitantes monoparentales con trabajo a tiempo parcial.
     
  7. No disponer de patrimonio más allá de la vivienda habitual.

Nuevo umbral de renta garantizada

  Set 2017 - Set 2018 Set 2018 - Set 2019
  85% IRSC* 91% IRSC*
1 miembro 564 609
2 miembros 836 896
3 miembros 909 969
4 miembros 982 1.042
5 miembros 1.062 1.122

*Indicador de renta de suficiencia de Catalunya (IRSC)

Retorno al mundo laboral

Una consecuencia de la renta garantizada es que favorece el mundo laboral. Desde septiembre de 2017 hasta la actualidad, unas 2.655 unidades familiares han conseguido trabajo con un contrato de trabajo y 1.138 han conseguido salir de la prestación de forma definitiva. Por otra parte, 11.000 personas se han vuelto a activar en la búsqueda de trabajo.

Sin embargo, la dotación de la prestación se ha mejorado en unos 200 euros por término medio, que suponen un incremento del 35%, y se ha extendido a más personas.

Desde el pasado 15 de septiembre hay nuevos umbrales –los ingresos bajo los cuales se puede pedir esta ayuda–, que van desde los 564 a los 1.122 euros, en función de la situación de la persona. Los motivos más habituales de denegación son disponer de ingresos superiores a este umbral y que el titular o beneficiario trabaje a jornada completa.

 

Con la colaboración de:

logo generalidad de catalunya