El Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido cautelarmente y por unanimidad la reforma del reglamento aprobada el pasado miércoles por el Parlament de Catalunya y ha advertido a los miembros de la Mesa de las eventuales responsabilidades, incluidas las penales, de no acatar la suspensión del nuevo reglamento.

El pleno del TC se ha reunido este lunes por la tarde de manera extraordinaria para estudiar la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno español contra la reforma del reglamento, que pretende agilizar la desconexión exprés. Una vez admitido a trámite el recurso, y atendiendo en el artículo 161.2 de la Constitución, la ley ha quedado impugnada automáticamente y de manera cautelar hasta que el tribunal no se pronuncie de manera definitiva, en un periodo máximo de cinco meses.

El Constitucional también ha advertido a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, a los miembros de la Mesa, al secretario general y al letrado mayor del Parlament sobre los riesgos de no acatar la suspensión de la reforma del reglamento. El Tribunal, como solicitó el Gobierno español, les notificará personalmente la resolución recordándoles su "deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada".

El recurso del Gobierno español

El recurso presentado por el Ejecutivo de Mariano Rajoy el viernes pasado alegaba que la modificación del reglamento del Parlament vulneraba el derecho de participación política en condiciones de igualdad de los diputados, en tanto que permite tramitar una proposición de ley por lectura única y a instancias de un único grupo parlamentario. Este procedimiento permitiría aprobar de manera más rápida y sin enmiendas de la oposición una proposición de ley como, por ejemplo, la Ley del Referéndum. Es por este motivo que aduce que "la finalidad declarada de la reforma es facilitar el referéndum inconstitucional de autodeterminación".

El recurso del Estado utiliza como base el informe de observaciones y propuestas jurídicas y técnicas de la Junta de Letrados del Parlamento de Catalunya y el dictamen del Consell de Garanties Estatutàries (CGE). Según el Gobierno español, en estos dos documentos se concluye que "el derecho de enmienda es una parte fundamental del artículo 23.2 de la Constitución".

Tramitación por lectura única

El TC ha suspendido la vigencia y aplicación únicamente del artículo 135.2 del nuevo reglamento, que prevé que "una proposición de ley, a solicitud del grupo parlamentario promotor, se puede tramitar directamente en lectura única".

De esta manera continúa vigente el resto del reglamento aprobado el pasado miércoles con los votos de Junts pel Sí y la CUP. El nuevo reglamento establece, entre otras cosas, un nuevo calendario de sesiones según el cual el Parlament se habilita de nuevo el 15 de agosto en lugar del 1 de septiembre, como se hacía hasta ahora.