El Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como AI Act o Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, entró en vigor en agosto de 2024 y se aplica por fases. Una de las obligaciones más extendidas, pero a menudo menos conocidas, es la que establece el artículo cuarto: las empresas que utilizan sistemas de IA, aunque sean herramientas generales como ChatGPT o Copilot, deben garantizar que su personal tenga un nivel suficiente de alfabetización en inteligencia artificial. Esta obligación es exigible desde febrero de 2025.

La confusión más común entre las empresas es pensar que el reglamento solo afecta a quien desarrolla sistemas de IA. En realidad, la AI Act es un reglamento europeo de aplicación directa que obliga tanto a proveedores como a responsables del despliegue. El artículo cuarto del Reglamento no se limita a recomendar la formación. Exige que las empresas adopten medidas para asegurar que el personal, y también contratistas y prestadores de servicios que actúen en su nombre, comprendan cómo funcionan las herramientas de IA, conozcan sus limitaciones y sean conscientes de los riesgos asociados a su uso.

El Reglamento define la alfabetización en IA como las capacidades, conocimientos y comprensión que permiten hacer un despliegue informado de los sistemas y tomar conciencia de sus oportunidades y riesgos. La Comisión Europea ha establecido que entregar el manual de instrucciones de una herramienta no es suficiente: se necesita un programa formativo adaptado al perfil de cada trabajador y al contexto de uso.

Esta obligación no exige convertir a toda la plantilla en expertos técnicos, pero sí que cada persona sepa interpretar correctamente los resultados del sistema que utiliza y comprenda las consecuencias de las decisiones adoptadas con su ayuda.

Quién está obligado y desde cuándo

La obligación del artículo cuarto se aplica a cualquier empresa que utilice IA, con independencia del sector, del tamaño o del tipo de herramienta. El Reglamento entró en vigor en agosto de 2024. En febrero de 2025 empezaron a aplicarse las prohibiciones de prácticas consideradas de riesgo inaceptable y la obligación de alfabetización.

Desde este 2 de agosto se activa la aplicación general del Reglamento, que incluye las obligaciones de transparencia para chatbots y contenidos generados, así como el régimen sancionador. Las obligaciones para los sistemas de mayor riesgo han sido aplazadas por la reforma conocida como Digital Omnibus y llegarán entre finales de 2027 y el verano de 2028.

Este inicio del mes de agosto es la fecha en que las autoridades empezarán a supervisar y sancionar el incumplimiento del artículo cuarto, de acuerdo con los regímenes sancionadores. En el Estado, la vigilancia corresponderá a la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial. El organismo fue creado por el Real Decreto 729/2023 y actúa como autoridad de vigilancia. Además, se tramita una ley orgánica de gobernanza de la IA que concretará el régimen sancionador interno, pero las obligaciones para las empresas nacen directamente del reglamento europeo.

Por qué es importante prepararse ahora

Las multas por incumplimiento pueden llegar a ser sustanciales. Según la gravedad de la infracción, las sanciones pueden llegar hasta los 35 millones de euros o al 7% de la facturación anual de la empresa. Además de las multas, el incumplimiento de la AI Act puede conllevar otras consecuencias prácticas, como la exigencia de revisar contratos por parte de clientes grandes o la solicitud de evidencias de cumplimiento en procesos de licitación.

El Reglamento ya aparece en procedimientos de due diligence, por lo que estar preparado puede marcar la diferencia en el acceso a determinados mercados o en la relación con proveedores y clientes. La normativa clasifica los usos de la IA en cuatro niveles de riesgo: prohibido, alto, limitado y mínimo. El nivel de riesgo determina el grado de exigencia de las obligaciones.

La reforma conocida como Digital Omnibus ha aplazado únicamente las obligaciones de riesgo alto. El resto del calendario se mantiene intacto. Esto significa que las obligaciones de transparencia, la alfabetización y el régimen sancionador ya están en marcha y las empresas deben prepararse para cumplirlas en los plazos establecidos.