El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha anulado este jueves la decisión de la Comisión Europea que dio luz verde a la recapitalización de la compañía aérea alemana Lufthansa por parte del gobierno de Berlín durante la crisis del coronavirus. El ejecutivo alemán destinó un importe de 6.000 millones de euros a esta operación de rescate. El alto tribunal desestima el recurso de casación presentado por la misma aerolínea y avala una sentencia previa del Tribunal General, que ya había tumbado la autorización de Bruselas al considerar que los servicios comunitarios habían cometido varios errores en el análisis del caso.
El TJUE concluye que la Comisión Europea se equivocó a la hora de fijar el marco temporal de las ayudas adoptadas durante la pandemia, especialmente en lo que se refiere a las condiciones de conversión en capital de una parte de la ayuda pública. Este error es suficiente, por sí solo, para justificar la anulación de la decisión comunitaria. A pesar de este veredicto, la corte europea ha matizado que el Tribunal General fue demasiado lejos en otros reproches que hizo a Bruselas, ya que ejerció un control excesivamente estricto en ámbitos donde la Comisión dispone de un amplio margen de apreciación, especialmente en contextos económicos complejos como el de la pandemia.
El caso se remonta a la época más dura de la crisis sanitaria. En junio de 2020, el gobierno alemán notificó a la Comisión Europea una ayuda pública por valor de 6.000 millones de euros con el objetivo de recapitalizar Deutsche Lufthansa, la matriz de la aerolínea. El objetivo declarado era restablecer la posición patrimonial y la liquidez de las empresas del grupo en el contexto excepcional de la pandemia, que había provocado una caída sin precedentes del tráfico aéreo y había puesto en grave riesgo la viabilidad de muchas compañías.
La ayuda se dividía en una participación en capital, una sin voto y una obligación convertible
La ayuda alemana se componía de tres partes diferenciadas. En primer lugar, una participación en el capital de Lufthansa de aproximadamente 300 millones de euros. En segundo lugar, una participación sin voto no convertible en acciones de unos 4.700 millones de euros. Y, en tercer lugar, una participación sin voto de 1.000 millones de euros con características de obligación convertible. Este paquete fue diseñado para inyectar liquidez a la aerolínea al mismo tiempo que se minimizaba el impacto sobre la estructura de capital existente.
La Comisión Europea validó la operación alemana sin abrir un procedimiento de investigación formal. Concluyó que el plan era compatible con el marco temporal para ayudas de Estado adoptado para flexibilizar las reglas comunitarias durante la pandemia. Este marco temporal, que estuvo vigente durante la crisis del coronavirus, permitió a los Estados miembros inyectar capitales a empresas estratégicas con menos trabas burocráticas y en plazos más cortos, para sostener el tejido productivo.
Ryanair y Condor recurrieron contra la decisión de Bruselas
Varias aerolíneas competidoras impugnaron la decisión de Bruselas. Ryanair y Condor acudieron a la justicia europea para recurrir la autorización de la Comisión, argumentando que la decisión no había tenido en cuenta los requisitos y las exigencias fijadas por el mismo marco temporal para ayudas de Estado.
Consideraban que Alemania y Bruselas habían tenido una flexibilidad excesiva y que la ayuda a Lufthansa distorsionaba la competencia en el mercado aéreo europeo, dando una ventaja injusta a la aerolínea alemana en perjuicio de otras compañías que sufrieron la crisis sin recibir estas ayudas. La sentencia del TJUE de este jueves da la razón a estas aerolíneas en el punto central del litigio, aunque el tribunal europeo ha matizado algunos aspectos de la sentencia anterior. La anulación de la aprobación comunitaria abre un nuevo frente jurídico, aunque la ayuda ya fue ejecutada y Lufthansa ya ha devuelto parte de los fondos recibidos.