Los trabajadores del servicio de handling de Ryanair, Azul Handling, han anunciado una huelga a partir del 15 de agosto que debe afectar a todas las bases de Ryanair en España, entre ellos el aeropuerto del Prat. Aunque la aerolínea asegura que no tendrá ningún impacto en sus operaciones, representantes de los consumidores como Facua ya han explicado cómo se puede compensar a quienes pierdan su vuelo. 

Las huelgas afectarán primero a las jornadas del puente del 15 de agosto hasta el día 17 y después se harán los fines de semana del 23 y el 24 y del 30 y el 31 de agosto. Se alargarán después hasta octubre. 

La plataforma Facua ha rascado en el Reglamento Europeo 261/2004, que prevé compensaciones en caso de cancelación de los vuelos. El artículo 7 recoge que "los pasajeros recibirán una compensación por valor de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para los intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás entre 1.500 y 3.500, y 600 euros para el resto de vuelos". 

Además, apunta Facua, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que una huelga no entra dentro de las "circunstancias extraordinarias" que eximen de pagar estas devoluciones.  Ahora bien, la compensación no es necesaria si la empresa informa con al menos dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista" o bien se ofrezca un transporte alternativo en caso de informar con entre una y dos semanas de antelación. 

Tampoco si se les informa “con menos de siete días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca tomar otro vuelo que les permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista”.

El artículo 7 contempla que estas compensaciones se pueden reducir en un 50% cuando se ofrezca un transporte alternativo al pasajero con una diferencia de hora de llegada que no sea superior a las dos horas para los vuelos de 1.500 kilómetros o menos, que no sea superior a tres horas en los vuelos de más de 1.500 kilómetros y para los demás vuelos de más distancia que no sea superior a cuatro horas. 

El derecho a recibir estas compensaciones, dictaminó el TJUE en 2017, se hace extensible a aquellos casos en los que el vuelo no sea cancelado, pero sufra un retraso de más de tres horas. 

Con todo y con eso, la compañía ha asegurado en un comunicado que "no prevé ninguna interrupción en sus operaciones como consecuencia de las huelgas de personal de asistencia en tierra".

La huelga tiene lugar porque la empresa está sancionando a los trabajadores que se niegan a hacer horas extras, así como los sindicatos denuncian que la empresa tiene "una estrategia de precarización y presión sobre la plantilla que vulnera derechos laborales básicos y desoye sistemáticamente las demandas sindicales". La acusan de no crear empleo estable.