El mercado digital de comida a domicilio en Catalunya presenta una estructura de oligopolio, con Glovo como actor claramente dominante, según un informe de la Agència Catalana de la Competència (ACCO). El análisis revela que la plataforma gestiona entre el 60% y el 80% de todos los pedidos realizados en los municipios más poblados de Catalunya, dejando a los competidores Uber Eats y Just Eat con participaciones mucho más reducidas, entre el 0% y el 20% cada uno. Este dominio se replica en términos de facturación. El volumen total de negocio generado en las ciudades de más de 60.000 habitantes alcanza los 42 millones de euros, con aproximadamente 1,65 millones de pedidos servidos. Glovo se ha llevado, de nuevo, entre el 60% y el 80% de estos ingresos, según los datos recogidos por el organismo supervisor.

La ACCO explica el funcionamiento del sector e identifica dos mercados interconectados pero diferenciados. Por un lado, el mercado de gestión de pedidos en línea, donde los clientes son los restaurantes y las plataformas compiten por ofrecerles servicios tecnológicos y accesibilidad a los consumidores. Por otro lado, el mercado del servicio de comida preparada a domicilio, ya sea a través de las aplicaciones o directamente. La conclusión es contundente para ambos ámbitos: se trata de "mercados altamente concentrados" que operan bajo una dinámica oligopolista. Aunque en el segmento específico del reparto físico la posición de Glovo es ligeramente menos fuerte, su capacidad para controlar el acceso de los restaurantes a la mayoría de los consumidores digitales.

Las prácticas de riesgo

Más allá del diagnóstico estructural, el informe también destaca una serie de conductas detectadas que "podrían suponer riesgos para la competencia". La agencia identifica patrones que sugieren una coordinación implícita o explícita entre las principales plataformas, que podrían estar limitando la competencia efectiva. Entre estas prácticas destaca la posible coordinación para no captar personal entre las plataformas, una dinámica que podría limitar las oportunidades laborales y contener artificialmente los gastos salariales del sector.

También se apunta al intercambio de información comercial sensible, como estrategias de precios o planes de expansión, que podría atenuar la rivalidad y favorecer acuerdos tácitos entre competidores. La Agència Catalana de la Competència menciona igualmente los posibles repartos geográficos de mercados, donde cada plataforma dominaría en áreas concretas, evitando así la competencia directa en ciertos territorios. Estas conductas, si se demuestran, podrían constituir infracciones graves de la Ley de Defensa de la Competencia.

El análisis también apunta a prácticas unilaterales por parte de la plataforma dominante que afectan directamente la libertad de los restaurantes. La ACCO señala especialmente las cláusulas de exclusividad que, aunque pueden ser legales en algunos contextos, en una posición de dominio como la de Glovo pueden impedir a los restaurantes colaborar con otras plataformas, cerrándolos en una relación de dependencia.

La otra práctica criticada son las cláusulas de paridad de precios, que obligan a los restaurantes a ofrecer los mismos precios o superiores en la plataforma que los que ofrecen en su propio local o a través de otros canales. Esta condición elimina la capacidad de los restaurantes de hacer ofertas competitivas a sus clientes más fieles o de utilizar otras aplicaciones como vía de descuento, distorsionando así la competencia e inflando potencialmente los precios finales para el consumidor.

Finalmente, la ACCO vuelve a poner el foco en el cumplimiento de la Ley Rider. El informe califica de potencial "competencia desleal" el hecho de que algunas plataformas subcontraten repartidores como falsos autónomos bajo determinadas circunstancias. Este incumplimiento de la normativa laboral podría suponer una ventaja competitiva significativa e ilícita respecto a aquellas empresas que sí asumen los costes laborales correspondientes. Esta práctica, además de vulnerar derechos laborales, distorsiona los costes reales del servicio y perjudica la competencia leal en el mercado.