La unión de propietarios de viviendas de Catalunya Som Habitatge ha solicitado un periodo transitorio de al menos 30 días para adaptarse a las obligaciones establecidas en el nuevo decreto sobre vivienda que el Govern ha aprobado esta semana. La norma, que ya ha entrado en vigor después de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat, exige que los anuncios de viviendas situadas en zonas de mercado residencial tensionado incluyan diversas referencias informativas para el consumidor, un requisito que los propietarios consideran que requiere un tiempo de adaptación que no se ha contemplado.
El colectivo de propietarios lamenta que la orden se tenga que cumplir desde el mismo día de la publicación, dado que el texto normativo no prevé ningún plazo transitorio para que los afectados puedan conocer los nuevos requisitos y adaptar sus anuncios a las exigencias legales. El incumplimiento de estas obligaciones puede comportar sanciones económicas de hasta 900.000 euros, una cantidad que los propietarios consideran desproporcionada en relación con la falta de un periodo de adaptación.
Som Habitatge ha recordado que el régimen sancionador asociado a las medidas de contención de rentas ya se encuentra plenamente operativo. Según sus datos, el pasado mes de febrero se registraron trece expedientes abiertos y se habían impuesto cerca de 97.000 euros en sanciones por incumplimientos relacionados con la contención de rentas. Estas cifras, según los propietarios, evidencian la capacidad sancionadora de la administración y la necesidad de disponer de un margen razonable para adaptarse a las nuevas exigencias.
La preocupación del sector aumenta teniendo en cuenta las previsiones para los próximos meses. Cuando se incorporen los cien nuevos inspectores previstos para la primavera de 2027, la capacidad sancionadora de la administración podría situarse entre los 800 y los 1.500 expedientes anuales, una cifra que los propietarios consideran que puede tener un impacto significativo sobre el sector si no se establecen mecanismos de adaptación adecuados.
Críticas al sistema de intervención
Los propietarios también han denunciado que el nuevo decreto cierra el círculo de un sistema de intervención del mercado del alquiler sin precedentes en Catalunya. Consideran que las sucesivas medidas reguladoras aprobadas en los últimos años han ido configurando un marco normativo que limita de manera creciente la capacidad de decisión de los propietarios e introduce cargas administrativas que, a su entender, pueden tener efectos contraproducentes sobre la oferta de viviendas de alquiler.
Además de solicitar el periodo de adaptación de 30 días, Som Habitatge ha exigido la publicación urgente del reglamento definitivo del Registro de Grandes Tenedores, un instrumento clave para la aplicación de las políticas de vivienda que aún no ha sido desplegado completamente. Los propietarios reclaman que este reglamento establezca criterios claros sobre el cómputo de titularidades para evitar ambigüedades que puedan derivar en interpretaciones divergentes y, potencialmente, en expedientes sancionadores.
Entre las demandas formuladas por el colectivo de propietarios, destaca también la necesidad de disponer de una campaña informativa específica dirigida a los pequeños propietarios, que a menudo no disponen de asesoramiento jurídico especializado para interpretar las nuevas obligaciones normativas. Esta campaña debería permitir que los propietarios conozcan con claridad cuáles son sus responsabilidades y cómo pueden cumplirlas para evitar sanciones.
Som Habitatge ha reclamado también la elaboración de una evaluación de impacto sobre la oferta de alquiler previa a cada nueva medida reguladora, de manera que las decisiones políticas se basen en datos objetivos sobre los efectos que pueden tener sobre el mercado. Finalmente, los propietarios piden garantías procesales reforzadas en los expedientes sancionadores automatizados, para asegurar que los procedimientos respetan los derechos de los afectados y que las sanciones se fundamentan en criterios objetivos y proporcionados.