La Agencia Tributaria todavía está dentro del plazo ordinario para hacer el reembolso. Tienes seis meses desde el plazo para presentar la declaración. Como el último día fue el 30 de junio, puedes devolver el dinero hasta el 31 de diciembre sin que el contribuyente tenga que recibir intereses. José Manuel Orta, asesor fiscal y CEO de Ortafyc, explica qué puede haber detrás de un reembolso que no llega, cuándo deberíamos preocuparnos y qué hacer si descubrimos un error en nuestra declaración.
¿El hecho de que la Oficina de Impuestos tarde más de lo normal no quiere decir necesariamente que está revisando mi declaración? "Hay muchos factores por los que un reembolso puede ser necesario y el retraso, por sí solo, no quiere decir que la Agencia Tributaria esté revisando la declaración", subraya Orta para ON ECONOMIA.

Así pues, lo que siempre hay que tener en cuenta son las razones. Por una parte, puede ser simplemente que el funcionario que tiene el expediente llegue tarde y todavía no haya activado la declaración. "También puede ocurrir porque hay un cambio familiar, como un divorcio, el nacimiento de un hijo, empezar a vivir con un familiar mayor con quien antes no vivías, o una nueva discapacidad". Y añade el experto: "Otra posibilidad es que se estén verificando las deducciones regionales y que la Agencia Tributaria del Estado tenga que solicitar información a las comunidades autónomas; que se esté revisando una deducción estatal para la cual no disponga de toda la información; o que haya una discrepancia entre lo que declara el contribuyente y los datos comunicados por un pagador o un tercero".
Así pues, ¿podría ser porque algunos datos fiscales no se han incorporado correctamente o porque hay una discrepancia? "Sí, es una de las posibilidades, pero no siempre tiene que ser así. Puede ser simplemente porque el retorno todavía no se ha activado", concluye Orta.
¿Cómo puedo saber en qué estado se encuentra?
Podemos comprobarlo a través de la solicitud o del sitio web de la Agencia Tributaria, accediendo al estado del procesamiento. Normalmente no ofrece demasiada información, pero el mensaje puede cambiar de un día para otro. Lo más habitual es encontrar "se está procesando". Cuando se ha hecho el reembolso, se indica que ha sido aprobado y, cuando se está haciendo una comprobación porque hay una diferencia, también se puede reflejar.
Por otro lado, hay declaraciones que tienen más probabilidades de ser verificadas. Así pues, hay diferentes campañas de verificación durante los cuatro años en que la declaración no ha caducado. Por ejemplo, puede haber verificaciones de ganancias de capital derivadas de la compra y venta de bienes inmuebles o acciones, deducciones por mejoras energéticas en viviendas, situaciones de convivencia con hijos en familias monoparentales o parejas que no están casadas, deducciones por alquiler u otros tipos de datos declarados.
Ante un error en la declaración, Orta avisa: "Mientras la declaración no esté con prescripción, la tenemos que corregir. Si el error significa que el resultado correcto implica una cantidad más alta a pagar, habrá que presentar la declaración correspondiente para regularizarla. Si el error es favorable a nosotros, deberíamos pedir una rectificación, explicar el error y proporcionar toda la documentación que demuestre lo que estamos modificando"
En cambio, si se detecta algo que no cuadra, hay dos opciones. Si el error implica tener que pagar más, es aconsejable actuar con antelación y no esperar a que la Agencia Tributaria inicie la verificación. Si, en cambio, tenemos que hacer una rectificación a nuestro favor, somos nosotros quienes tenemos que tomar la iniciativa. Si el Tesoro detecta un problema que beneficia al contribuyente, raramente les pedirá que revisen la información declarada para pagar menos.
Cuando el caso es de devolución, si no hay verificación de la declaración, puedes hacerlo hasta el 31 de diciembre sin aplicar intereses a la devolución. Después puedes hacer el reembolso aplicando los intereses correspondientes. Pero si el reembolso se retrasa demasiado, el Tesoro tiene que pagar intereses. En este aspecto hay que tener en cuenta lo que avisa el experto consultado: "Sí, aunque normalmente son cantidades pequeñas. No tiene el mismo impacto que cuando es el contribuyente quien tiene que hacer un pago después de la fecha límite".
Para concluir, puede haber nuevos datos familiares de los que el Tesoro todavía no dispone, información comunicada erróneamente por bancos o empresas pagadoras, deducciones regionales que no aparecen directamente y que se tienen que introducir manualmente, o incluso datos relacionados con discapacidades o familias numerosas que desaparecen de la información de un año a otro. Por eso es necesario revisar la información y tener los conocimientos y la experiencia necesarios para presentar la declaración correctamente.