El Ministerio de Trabajo llevará este marte al Consejo de Ministros un real decreto que regulará las condiciones laborales de las empleadas de hogar, según publica El País y confirman en el Ministerio de Trabajo a ON ECONOMIA. Una vez entre en vigor la nueva norma, los empleadores deberán hacer una evaluación de los riesgos laborales que sus domicilios pueden acarrear para los trabajadores, mayoritariamente mujeres y mayoritariamente inmigrantes, responsables de las tareas del hogar o el cuidado de personas, generalmente mayores o discapacitados, según el texto al que ha tenido acceso El País. Esta es una pretensión de los colectivos que representan a estos trabajadores y ha estado desde el principio en los textos elaborados por el Ministerio de Trabajo.
A tal fin, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha de desarrollar una herramienta que ayudará a los empleadores de las trabajadoras del hogar a evaluar si su domicilio, donde prestan sus servicios, es seguro para la salud de estos asalariados. Otro de los derechos que ganará este colectivo son reconocimientos médicos que deberá realizar el Sistema Nacional de Salud.
Además, el Sistema Nacional de Salud (SNS) ofrecerá a aquellas empleadas que lo deseen reconocimientos médicos de forma gratuita, así como y deberá facilitarles material de seguridad cuando sea necesario.
Hace dos años, el Ministerio de Trabajo, entonces en manos de Podemos aunque también con Yolanda Díaz al frente, aprobó la equiparación de ciertas condiciones laborales para este régimen especial de la Seguridad Social respecto a otros regímenes como el General de los asalariados entre ellas, el cobrar el subsidio por desempleo, recientemente reformado.
Condiciones laborales
Respecto a la nueva herramienta de evaluación de los riesgos laborales en los hogares, el texto no establece los plazos para la implementación de este programa. Una vez realizada la evaluación preventiva, los empleadores entregarán a sus subordinados “equipos de protección individual y equipos de trabajo adecuados”, y deberán paralizar la actividad “en caso de riesgo grave e inminente”.