La campaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2025 ya ha comenzado. Desde el pasado 8 de abril de 2026 y hasta el próximo 30 de junio, millones de contribuyentes en toda España tendrán que presentar su borrador. En este proceso, resulta fundamental conocer las deducciones que se pueden aplicar, ya que pueden suponer un ahorro significativo en la cuota final a pagar o, incluso, incrementar el importe a devolver por parte de Hacienda. Este año, una de las novedades más destacadas afecta a los trabajadores con salarios más bajos, que podrían recuperar una parte importante de las retenciones practicadas durante el año anterior.

De acuerdo con la ley vigente, los trabajadores que ingresan menos de 22.000 euros anuales no están obligados a presentar la declaración de la renta. Este umbral, que se elevó hace unos años para reducir la carga administrativa sobre las rentas más bajas, sigue siendo el referente para la mayoría de los contribuyentes. Sin embargo, para poder beneficiarse de la nueva deducción aprobada por el Gobierno, aquellos que cobran el Salario Mínimo Interprofesional no tienen que pagar IRPF, pero para acceder a esta ventaja fiscal es necesario presentar el borrador.

De lo contrario, la administración no puede aplicar automáticamente la bonificación y el contribuyente perdería el derecho a recuperar las cantidades retenidas durante el año. Esta circunstancia convierte la presentación voluntaria en un requisito imprescindible para un colectivo que tradicionalmente no estaba acostumbrado a hacer la declaración.

Tres millones de personas podrían ahorrar hasta 591 euros

El sindicato de técnicos de Hacienda, Gestha, ha realizado una estimación detallada sobre el impacto de esta nueva deducción. Según sus cálculos, aproximadamente tres millones de personas podrían beneficiarse de este alivio fiscal, que puede llegar a alcanzar los 591 euros por contribuyente. Esta cifra representa un ahorro significativo para las rentas más bajas, especialmente en un contexto de precios elevados y de inflación acumulada que ha reducido el poder adquisitivo de las familias en los últimos años.

Los técnicos de Hacienda consideran que la medida contribuye a corregir parcialmente la situación de los trabajadores con salarios más ajustados, que hasta ahora soportaban una carga fiscal desproporcionada en relación con sus ingresos reales. Desde Gestha también han recordado que es importante difundir esta información porque muchos potenciales beneficiarios desconocen la existencia de la deducción y, por tanto, no presentarán la declaración.

Gestha recomienda que todos los asalariados que ingresen entre 15.876 euros y 20.000 euros brutos anuales presenten la declaración de la renta, aunque no estén obligados por ley. En este tramo de ingresos, la aplicación de la deducción puede generar una devolución interesante, ya que las retenciones practicadas durante el año superarán previsiblemente la cuota tributaria final. Este desajuste a favor del contribuyente se produce porque los empresarios aplican retenciones estandarizadas que no siempre reflejan con precisión la situación fiscal individual de cada trabajador. Por tanto, aunque no estén obligados por ley, estos contribuyentes harían bien en confeccionar el borrador para no perder la oportunidad de recuperar el dinero retenido en exceso, que en muchos casos pueden suponer varios cientos de euros.

En cambio, para aquellos que ingresen entre 20.000 euros y 22.000 euros brutos anuales y tengan un solo pagador, la situación es diferente. Según el análisis de Gestha, a estos contribuyentes no les interesa presentar la declaración, dado que las retenciones practicadas por el empresario ya se ajustan bastante a la cuota resultante de la autoliquidación. En este tramo, los trabajadores ya no pueden beneficiarse de la deducción específica para rentas bajas, de manera que presentar el borrador podría conllevar incluso un resultado a pagar, dependiendo de las circunstancias personales y familiares de cada contribuyente. La decisión, sin embargo, puede variar en función de factores como las deducciones por maternidad, por hijo a cargo o por aportaciones a planes de pensiones, que podrían inclinar la balanza a favor de la presentación voluntaria en algunos casos concretos.

Obligación de declarar a partir de los 15.876 euros brutos

Finalmente, conviene recordar una regla que a menudo genera confusión entre los contribuyentes. Aunque la obligación de presentar la declaración se establece generalmente a partir de los 22.000 euros anuales para trabajadores con un solo pagador, existe una excepción importante para quienes tienen dos o más empleadores a lo largo del año. En estos casos, la obligación de declarar se aplica a partir de los 15.876 euros brutos, a menos que la suma de las cantidades percibidas del segundo pagador y de los restantes no supere en total los 1.500 euros anuales.

Este umbral más bajo responde a que cuando hay varias fuentes de ingreso, las retenciones practicadas por cada pagador suelen ser insuficientes, ya que cada uno aplica el tipo de retención correspondiente al tramo que le corresponde de manera individual, sin tener en cuenta la suma total de ingresos. Esto puede generar un desajuste significativo a la hora de liquidar el impuesto, con el consiguiente riesgo de que resulte a pagar. Por tanto, los contribuyentes en esta situación deben prestar especial atención a sus obligaciones fiscales para evitar sorpresas desagradables en forma de resultado a pagar o, incluso, de posibles sanciones por no haber presentado el borrador dentro del plazo reglamentario establecido por la Agencia Tributaria.