Los contribuyentes que residen en Catalunya y tienen hijos menores de tres años matriculados en una guardería o centro de educación infantil autorizado pueden beneficiarse de un incremento adicional en la deducción por maternidad de hasta 1.000 euros anuales por hijo, según la normativa del IRPF de ámbito estatal. Este incentivo fiscal, que se aplica en la casilla 0613 de la declaración, busca aliviar la carga económica que suponen los gastos de guardería para las familias con hijos en edades tempranas.
Para poder acceder a esta deducción, la madre debe tener derecho a la prestación por maternidad, lo que implica estar trabajando por cuenta ajena o por cuenta propia y dada de alta en la Seguridad Social o en la mutualidad correspondiente. Además, el hijo debe estar matriculado en un centro autorizado, y los pagos deben corresponder a meses completos de asistencia. Los expertos recuerdan que esta deducción solo puede ser solicitada por la madre con carácter general, y que en circunstancias excepcionales como su fallecimiento o la custodia exclusiva atribuida por resolución judicial, puede pasar al padre.
Deducción de los importes pagados sin subvenciones públicas
Son considerados gastos de custodia deducibles las cantidades satisfechas por preinscripción, matrícula, asistencia en horario general y ampliado, y alimentación del menor en el centro. En cambio, quedan fuera de la deducción los conceptos relacionados con uniformes, material escolar o actividades extraescolares que no formen parte del servicio propio de la guardería.
Un aspecto clave que la Agencia Tributaria quiere subrayar es que solo pueden deducirse los importes que realmente paga la familia, es decir, aquellos que no tengan la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos ni estén cubiertos por subvenciones públicas, becas o sistemas de retribución flexible de la empresa como el conocido "cheque guardería". Si la empresa paga la guardería directamente, esa cantidad ya no tributa, pero no se puede deducir nuevamente.
El importe máximo de la deducción es de 1.000 euros anuales, el equivalente a 83,33 euros por cada mes completo que el menor haya estado matriculado a lo largo del ejercicio. La Agencia Tributaria aplicará el límite que resulte más bajo entre esta cantidad, el importe real de los gastos satisfechos por la familia y el importe de las cotizaciones a la Seguridad Social del mismo período. En el caso de que el hijo cumpla tres años durante el ejercicio, el derecho a la deducción se aplica por los meses completos anteriores a esa fecha, e incluso puede extenderse hasta que el menor no haya comenzado el segundo ciclo de educación infantil, siempre que no haya superado los tres años.
Las guarderías deben presentar el modelo 233
Un requisito indispensable para que la deducción se pueda aplicar de manera automática es que la guardería o centro educativo presente el modelo 233 ante la Agencia Tributaria. Esta declaración informativa, que los centros deben entregar habitualmente durante el mes de enero de cada año, contiene los datos de las familias y los importes pagados durante el ejercicio anterior. Cuando el centro cumple con esta obligación, el incremento por gastos de guardería aparece rellenado en el momento en que el contribuyente accede a su borrador, lo que simplifica notablemente el proceso. Si a pesar de esta comunicación la casilla no apareciese, el contribuyente puede introducirla manualmente en la declaración.
A diferencia de la deducción por maternidad base, este incremento por gastos de guardería no se puede solicitar mediante el pago anticipado. El importe solo se puede recuperar en el momento de presentar la declaración anual del IRPF, en la casilla 0613. Esta es una diferencia significativa que las familias deben tener presente a la hora de planificar su economía.
Los asesores fiscales recomiendan guardar todos los recibos y justificantes de pago de la guardería, así como los documentos que acrediten la condición de trabajadora de la madre, por si la Agencia Tributaria solicita comprobar el cumplimiento de los requisitos en un procedimiento de revisión posterior. Con esta deducción, Hacienda busca aliviar la carga económica de las familias trabajadoras con hijos pequeños e incentivar la conciliación de la vida laboral y familiar.
