Según establece el Tribunal Supremo, los consumidores pueden reclamar los gastos hipotecarios que pagaron para la formalización de la hipoteca por abusivos y nulos. Además, si pagaste una comisión de apertura para tu hipoteca también podrás reclamar si no te explicaron claramente cuál era el objeto de esta comisión y las consecuencias económicas. Estamos hablando de hipotecas concebidas entre el año 1994 y el 2019, ambos incluidos, y con independencia de sí ya se han liquidado o no. El plazo máximo para llevar a cabo la reclamación acaba el 14 de abril, aunque desde Bruselas, el TJUE ha sentenciado este jueves que la jurisprudencia española que limita el plazo para reclamar los gastos hipotecarios es contraria al derecho europeo y, por lo tanto, la fecha se podría alargar.

Sea como sea, son muchos los afectados que lamentan la lentitud de los bancos para dar respuesta, las excusas que se dan y como puede resultar pesado orientarse sobre qué papeleo tener preparada para llevar a cabo una reclamación que, por término medio, puede suponer cerca de mil euros a favor del afectado, pero también puede pasar los 2.000 euros.

En este momento es cuando entra la figura del abogado mercantil. Diferentes expertos consultados por ON ECONOMIA afirman que en las últimas semanas han sido desbordados por todas estas consultas, ya que son muchos los clientes de una hipoteca que están dispuestos a perder una parte de las costas que le corresponden, a cambio de garantizarse el retorno de un dinero que pagó y, según la misma justicia, no les tendría que haber pagado nunca. ¿Pero cuáles son los honorarios para este tipo de servicios? Depende del caso, la gran mayoría fija un precio de 200 a 300 euros que se tienen que pagar por adelantado al abogado en cuestión. Laia Garcia Muñoz, abogada civilista colegiada en el ICAB, lo matiza: "Hablamos de unos 300 euros si el banco devuelve el dinero con la reclamación extrajudicial. Con eso, el cliente no debe pagar nada más". Es muy importante tener en cuenta esta cifra y mirar de evitar otros gastos.

Laia Garcia Muñoz, abogada civilista colegiada en el ICAB
Laia Garcia Muñoz, abogada civilista colegiada en el ICAB

Pero puede subir un poco más: "Si tenemos que poner la demanda judicial, tendrán que pagar unos 180 euros más de procurador. Si la demanda no se gana, no nos tienen que pagar nada más. Si se gana y condenan al banco a pagar también las costas judiciales, nuestros honorarios adicionales serán la parte de estas costas que exceda de la provisión de fondo de los 300€", subraya la abogada Garcia. Por ejemplo: si las costas judiciales suben hasta los 700€, recuperan los 300 euros que pagan ahora de provisión y en paga 400 euros más adicionales al abogado.

Gastos extras que puedes evitar

Por otra parte, otra práctica que pueden hacer otros abogados sube más. ON ECONOMIA ha podido confirmar que algunos bufetes llegan a pedir 500 euros de entrada e, incluso, añaden un porcentaje de beneficio adicional si consiguen recuperar más dinero que los marcados inicialmente. A modo de ejemplo: se hace un estudio previo y se establece que mínimo, el banco por tipología de hipoteca, tiene que devolver 1.200 euros. Si se cierra esta cifra, pero el abogado consigue más de esta cantidad, se tiene que abonar en un 30% a un 10% como caso de éxito. Un porcentaje que se debe añadir a los 500 o 300 euros de inicio. En este caso, hay muchos bufetes que lo piden, pero estamos hablando de unas ganancias tan elevadas por el abogado que se ve reducida muy significativamente el beneficio para el cliente final y provoca que, en la mayoría de casos, este cliente mencionado opte por la vía de tramitarlo a solas y probar si sale adelante por él mismo.

Precisamente si vamos al caso de gestión particular, lo más importante que hay que saber es qué papeles se tienen que tener preparados: fotografía del DNI (imprescindible); escritura de préstamo (imprescindible); facturas de tasación, notario, registro de la propiedad y gestoría (si las tienen mucho mejor, pero no es imprescindible); hoja de liquidación de gastos de la gestoría (si lo tienen mucho mejor, si no lo encuentran no es imprescindible). La escritura es mucho importando porque, en algunos casos puntuales, puede haber la letra pequeña donde se especifique que el cliente no tiene ningún derecho al hacer nunca la reclamación de estos costes.

La documentación, si no se dispone en casa o la hemos perdido, se puede pedir al notario y el gestor que lo coordinaron. En caso de que la hipoteca ya esté amortizada, la reclamación de los gastos también es legal según marca la ley, pero el desenlace no es 100% seguro favorable al hipotecado, ya que si el caso acaba en un juzgado será él quien lo decida en último término aplicando e interpretando la ley. Con toda esta documentación, lo más aconsejable es presentarla al banco correspondiente y, si procede, también en el Banco de España. Facua aconseja enviarlo por correo electrónico con pruebas que acrediten que se ha enviado todo a la entidad y el departamento de la entidad que corresponden y, para evitar malentendidos, a través de burofax certificado como vía 100% segura.