La declaración de la Renta es un trámite obligatorio que tienen que llevar a cabo todos los contribuyentes en España. Se puede hacer tanto por cuenta propia o con la ayuda de un gestor y el plazo se abrió a principios de abril y se alargará hasta finales de junio. En algunas comunidades autónomas se puede desgravar el dentista, en otros el gimnasio, y es durante estos meses cuando aparecen las dudas sobre qué gastos se pueden deducir a la hora de rendir cuentas con la Agencia Tributaria.
Más allá de las deducciones autonómicas, hay otras deducciones generales que se aplican en toda España, aunque con ciertos límites. Entre ellas, se pueden desgravar algunos seguros como el de la casa, el coche o de salud a la hora de hacer la declaración. Sin embargo, hay que recordar que solo es factible en algunos casos y cumpliendo una serie de requisitos. ¿Cuáles son?
¿Qué seguros se pueden desgravar?
Un autónomo con vehículo propio que utilice para trabajar puede desgravar el seguro del coche. No sirve que la persona sea autónoma, pero utilice el coche en el ámbito privado, sino que el vehículo tiene que utilizarse para trabajar. El ejemplo podría ser una furgoneta asegurada que se utilice para hacer tareas de envío, por ejemplo. Por lo tanto, se admite en este caso cuando el vehículo que se utilice sea para el transporte de mercancías; vehículos que transportan viajeros (como un conductor de Uber); vehículos destinados a la prestación de servicios de enseñanza a conductores, como una autoescuela o vehículos destinados al desplazamiento de profesionales o agentes comerciales. En este caso, el autónomo con un coche propio tiene que rellenar la casilla 200.
Con respecto al seguro de salud, este también se puede desgravar a la hora de llevar a cabo la declaración de la renta, pero solo unos cuantos contribuyentes tienen esta opción habilitada. En concreto, son aquellos autónomos que tengan un seguro de salud privada y que este esté incluido en la contabilidad del autónomo y se tiene que poder justificar con facturas y estar suscrito en 2024; y aquellos autónomos que tengan un seguro suscrito a través de una empresa como parte de la retribución flexible. En este caso, es imprescindible que el seguro que se haya contratado sea a través de la empresa en la cual trabaja, no como particular.
Con respecto al seguro de la casa, se puede deducir en la declaración de la renta cuando los seguros estén suscritos a viviendas hipotecadas antes del año 2013. En este caso, siempre que la hipoteca se siga pagando, se puede incluir si es la vivienda habitual de los trabajadores. Además, es requisito obligatorio que el seguro del hogar siga siendo este, es decir, que no se haya cambiado de aseguradora.
En caso de tener una vivienda en propiedad que se alquila a un tercero, también se puede desgravar el seguro de este hogar en la declaración de la renta, ya que se considera que el bien inmueble genera rendimientos. Además, aquellas personas que trabajen por cuenta propia y desde su casa también pueden desgravarse el seguro del hogar en la declaración de la renta.