La respuesta que dan todos los gestores cuando, en pleno mes de diciembre, preguntamos qué hay que hacer para ahorrarse impuestos de la Renta 2023 es clara: "A estas alturas, ya no hay mucho a hacer". A pesar de todo, ON ECONOMIA ha buscado las pocas posibilidades de hacer lo que diríamos 'el último intento' y, en esta línea hay tres acciones posibles: intentar diferir la facturación pendiente en el año 2024, hacer una aportación a un plan de pensión máximo de 1.500 euros o bien aumentar los gastos si también las tienes previstas para el año próximo y, por lo tanto, adelantarlas a este 2023.

Así pues, tenemos que estar muy atentos a las noticias del Servicio de Impuestos Internos SII, ya que se venden algunos cambios para la Operación Renta 2024. No olvides mantenerte actualizado y atento a cualquier variación. Además, hay muchas novedades para el periodo de operación renta 2024, ya que el Servicio de Impuestos Internos, el 31 de agosto del 2023, publicó resoluciones con cambios que se tendrán que aplicar mayoritariamente a las declaraciones juradas.

Los cambios están enfocados en 25 declaraciones juradas, las que quedaron normadas en 7 resoluciones, que se relacionan a temas como: pensión de alimentos, bajo la Ley N°21.484 del 2022; bienes raíces arrendados para personas jurídicas o naturales; organizaciones sin ánimo de lucro que reciben recursos públicos y tendrán que declararles; Nueva DDJJ N°1956 por concepto de recepción de donaciones.

El tope de los 1.500 euros

Con respecto a los planes de pensión, los Presupuestos Generales del Estado 2022 recogían una rebaja en las aportaciones a los planes de pensiones individuales. Desde el 2022, el límite es de 1.500 euros anuales a los individuales y de 8.500 euros en el caso de los planes colectivos o de empresa. El objetivo es que entre las dos aportaciones se pueda alcanzar la cifra de 10.000 euros al año. Por ejemplo, si tenemos en cuenta la escala estatal y que no nos podemos aplicar otra deducción , con un tipo marginal del 19% y aportando 1.500 euros al año, Hacienda nos devolverá 285 euros. Si nuestro tipo fuera del 47%, con la misma aportación, la devolución sería de 705 euros, tal como nos indican los expertos jurídicos de Avante.

Otros gastos

En último término, muchos gastos pueden suponer un recorte del IRPF: ¿sabías que es posible que te puedas deducir por la guardería de los hijos, gastos educativos, abono transporte público, ayuda doméstica, la instalación de dispositivos de ahorro de agua o energía, al alquiler, entre otros? Es muy importante asegurarse antes de nada de las deducciones fiscales a qué tienes derecho, que varían en función de cada comunidad autónoma, y ponerlas en práctica.

Más allá de sí eres autónomo, también se debe tener en cuenta que las donaciones deducen, y si las haces siempre a las mismas entidades. La OCU recuerda que si haces donativos a ONG, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro puedes deducir un 80% sobre los primeros 150 euros, y un 35% sobre lo que exceda esta cantidad (este porcentaje sube al 40% si es el tercer año que das a la misma entidad y cada donación ha sido igual o superior a la del año anterior).