Empiezan a proliferar las sentencias judiciales que dan la razón a las novias que no se pudieron casar por el estallido de la pandemia. El motivo del conflicto es evidente: compran el vestido con antelación, de golpe se impone el confinamiento marcado por el coronavirus y anulan una boda que todavía a día de hoy, en muchas ocasiones, no se ha podido celebrar.

Así pues, ¿qué hacen con aquel vestido encargado del que avanzaron centenares de euros pero que no han llegado ni a ver? No sólo las novias pedían detener la confección sino que, en muchos casos, las mismas marcas también tenían que detenerlo todo: adiós a la confección y a las pruebas de vestido.

Dos precedentes

De momento, ya se han publicado dos casos de cómo se ha resuelto el problema, aunque hay más. El primero lo encontramos en Palma de Mallorca. Una pareja se había de casar el 20 de junio de 2020. Según adelanta el diario Última Hora, la mujer fue el 10 de diciembre de 2019 a la tienda Pronovias de Palma para escoger un vestido de boda. "Acordó con la marca que el pago de la pieza, hecha a medida, se dividiría en tres importes, el segundo sería el día de la primera prueba, el 3 de abril de 2020". Ahora bien, el 14 de marzo se declaró el estado de alarma, una situación que impidió a la demandante acudir a la prueba del vestido.

El diario explica que "fijaron para el mes de abril otra nueva fecha, pero las medidas excepcionales continuaron y tuvieron que anularlo todo. A causa del escenario epidemiológico, decidieron cancelar la ceremonia y la mujer lo comunicó a la tienda para reclamar la primera cuantía avanzada. Sin embargo, Pronovias se negó a entregarle el dinero y se basó en las condiciones del contrato, que no admitían cambios ni devoluciones".

Ahora, la situación ha cambiado. El artículo 36 del Real decreto ley 11/2020 establece "el derecho de resolución de determinados contratos sin penalización por parte de los consumidores", normativa que utilizó la clienta para justificar la petición. Después de más de un año de mensajes con la marca, sin respuesta, ahora una magistrada ha dado la razón a la novia, que también ha podido demostrar cómo el pedido no ha perjudicado la firma porque las piezas que figuran en la nota de encargo son estándar e iban a ser modificadas en la primera prueba".

Pero hay otro precedente. El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Valladolid ha estimado la demanda de una mujer que suspendió la boda prevista para agosto y a quien la tienda a quién había encargado la confección del vestido de novia, se negaba a devolverle los 1.050 euros abonados como anticipo. La demandante, que había contratado la confección de su vestido nupcial en diciembre del 2019, comunicó la suspensión del acontecimiento y, por lo tanto, la renuncia al encargo, en mayo del 2020. Se ofreció a pagar los gastos que se hubieran incurrido el pedido, pero la tienda respondió que no era posible cancelar el encargo porque el vestido ya estaba confeccionado y pagado por la tienda al diseñador.

No se puede interponer recurso

El Juzgado da la razón a la cliente. El establecimiento tendrá que reintegrar esta cantidad, la mitad del precio total del vestido, ya que no ha acreditado que cuando esta, en mayo, comunicó la suspensión del enlace para no poder celebrarse en condiciones normales a causa de la pandemia, el vestido ya estaba confeccionado y abonado por la tienda a la modista a quien le había encargado.

El juez, además, exonera a la chica de abonar el importe íntegro del vestido tal como pretendía el establecimiento pedido. Además, tal como matiza el portal Noticias Jurídicas, contra esta sentencia no se puede interponer recurso. La succesión de estos casos puede marcar un precedente y todo un estruendo a un sector duramente castigado por la covid que, de rebote, también pide a los gobiernos y las administraciones que se responsabilicen de una parte de estas pérdidas que, ahora, se podrían multiplicar.