La Fiscalía no recurrirá la sentencia absolutoria del mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero, y la cúpula de Interior por el caso del 1-O. La Audiencia Nacional absolvió a los acusados al considerar que no ha quedado acreditado que "hubieran tratado de impedir o dificultar el cumplimiento de las resoluciones del Tribunal Constitucional, del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya o de la Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma" ni que se hubieran puesto de acuerdo con quienes lideraban el procés independentista, o hubieran dado apoyo a sus actos propiciando la pasividad de la policía autonómica. 

Contrario a estos argumentos, el Ministerio Público pedía una condena de 10 años de prisión para Trapero, Soler y Puig y de 4 años por Laplana por delito de sedición y ofreció como calificación alternativa la de delito de desobediencia, por el cual se solicitaba la imposición de penas de multa e inhabilitación por 1 año. La sentencia absolutoria rompió todos sus argumentos pero ahora, según ha adelantado la Cadena SER, la Fiscalía no la recurrirá, ya que dicen que la sentencia "es sólida" y que es difícil recurrir una absolución.

Así pues, al ser la Fiscalía la única acusación del caso, si no presenta su recurso, la sentencia se considerará firme.

"Una noticia extraordinaria"

La defensa de la cúpula de interior, Olga Tubau, ha celebrado esta noticia, aunque ha criticado que no ha recibido ninguna notificación por parte del tribunal. Aún así, ha asegurado que es una "noticia extraordinaria" si se confirma.

Las tesis fiscales

La Fiscalía siempre ha mantenido que el 20 de septiembre, en la Conselleria de Economía, Josep Lluís Trapero y Teresa Laplana "cooperaron de manera decisiva, consciente e intencionada con las finalidades perseguidas por las instituciones catalanas" e "impidiendo el desarrollo de la diligencia judicial en las condiciones legales exigidas por el ordenamiento jurídico".

A pesar del testimonio del mayor de los Mossos durante el juicio, el ministerio público también ha mantenido que "las condiciones impuestas por Jordi Sànchez a la comisión judicial durante aquella jornada fueron totalmente asumidas por el acusado Josep Lluís Trapero, que en su consciente inactividad, evitó poner fin al grave problema de orden público que se estaba produciendo y que impedía la actividad normal de la comisión judicial".

 

"No es una desautorización"

Para la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, las contradicciones entre los letrados de la Audiencia y el Ministerio Público y la sentencia desfavorable "no supone una desautorización" y asegura que "esta es la grandeza del Estado de Derecho. Se trata simplemente de una distinta valoración de los hechos".